Bolivia: Decreto Supremo Nº 26421, 1 de diciembre de 2001

JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que es objetivo central del Supremo Gobierno de Bolivia contribuir a la reducción de la pobreza y el desarrollo humano para cuyo efecto ha decidido proteger el gasto social en salud, educación, atención al niño menor de seis años y efectuar el saneamiento de tierras.
  • Que para el efecto, el Banco Interamericano de Desarrollo ha acordado conceder a la República de Bolivia, un préstamo de hasta $us.40.000.000.- (hasta CUARENTA MILLONES DE DOLARES AMERICANOS), en dos tramos, de hasta $US 20.000.000 cada uno, (hasta VEINTE MILLONES DE DOLARES AMERICANOS, cada uno), destinado a financiar el Programa Sectorial Social de Apoyo a la Estrategia de Reducción de la Pobreza.
  • Que es preciso autorizar la suscripción del respectivo Contrato a objeto de materializar este financiamiento.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- (Objeto) El objeto del presente Decreto Supremo es autorizar la suscripción de un contrato de préstamo con el Banco Interamericano de Desarrollo.

Artículo 2°.- (Autorizacion) Se autoriza al Ministro de Hacienda, o al Embajador de Bolivia en Estados Unidos de Norteamérica, a suscribir con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, en nombre del Gobierno de la República de Bolivia, el correspondiente Contrato de Préstamo, por un monto de hasta $us 40.000.000.- (CUARENTA MILLONES 00/100 DE DOLARES AMERICANOS), en dos tramos, de hasta $us 20.000.000 (hasta VEINTE MILLONES DE DOLARES AMERICANOS, cada uno), destinado a financiar el Programa Sectorial Social de Apoyo a la Estrategia de Reducción de la Pobreza.

Artículo 3°.- (Traspasos) Se autoriza al Tesoro General de la Nación traspasar los recursos del préstamo mediante Resolución Intraministerial, al Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo, que es la entidad ejecutora del Programa, a través de la Unidad Ejecutora del Programa.


Los Señores Ministros de Estado en las Carteras de Hacienda y Presidencia quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, al primer día del mes de diciembre del año dos mil uno.
Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, José Luís Lupo Flores, Leopoldo Fernández Ferreira, Oscar Guilarte Lujan, Jacques Trigo Loubiere, Carlos Alberto Goitia Caballero MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, José Abel Martínez Mrden MINISTRO INTERINO DE DESARROLLO ECONOMICO, Amalia Anaya Jaldín, Enrique Paz Argandoña, Jorge Pacheco Franco, Walter Núñez Rodríguez, Ramiro Cavero Uriona, Claudio Mansilla Peña, Jorge Urquidi Barrau MINISTRO INTERINO DE VIVIENDA Y SERVICIOS BASICOS, Mauro Bertero Gutiérrez, Wigberto Rivero Pinto.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 26421, 1 de diciembre de 2001
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza suscribir con el BID, el contrato de préstamo por $us 40.000.000 (Programa Sectorial Social de Apoyo a la Estrategia de Reducción de la Pobreza).
KeywordsGaceta 2365, 2001-12-11, Decreto Supremo, diciembre/2001
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/23977
Referencias2001.lexml
CreadorFdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, José Luís Lupo Flores, Leopoldo Fernández Ferreira, Oscar Guilarte Lujan, Jacques Trigo Loubiere, Carlos Alberto Goitia Caballero MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, José Abel Martínez Mrden MINISTRO INTERINO DE DESARROLLO ECONOMICO, Amalia Anaya Jaldín, Enrique Paz Argandoña, Jorge Pacheco Franco, Walter Núñez Rodríguez, Ramiro Cavero Uriona, Claudio Mansilla Peña, Jorge Urquidi Barrau MINISTRO INTERINO DE VIVIENDA Y SERVICIOS BASICOS, Mauro Bertero Gutiérrez, Wigberto Rivero Pinto.
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