Bolivia: Decreto Supremo Nº 26393, 16 de noviembre de 2001

JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO

  • Que para apoyar a los pequeños productores campesinos para que sus productos se puedan vender de mejor manera, mediante Decreto Supremo Nº 25924 de 6 octubre de 2000, se crea una comisión entre el Gobierno y los productores campesinos, para analizar y proponer un anteproyecto de Ley que permita transferir la administración y propiedad de los mercados campesinos a los pequeños productores.
  • Que por necesidad de tratamiento regional a través de mecanismos institucionales existentes en cada distrito mediante Decreto Supremo Nº 26147 de 12 de abril de 2001, se crean subcomisiones departamentales entre las Prefecturas, Alcaldías, Productores Campesinos y la Federación Departamental de Campesinos, para que en el marco del Decreto Supremo Nº 21493 se den soluciones concretas y objetivas a la organización, transferencia y operación de los mercados campesinos, tomando en cuenta la legislación existente y siguiendo las regulaciones de la Ley Nº 1178 - SAFCO y la Ley de Municipalidades.
  • Que en virtud del mencionado Decreto Supremo Nº 26147, la Prefectura del Departamento del Beni, solicita al Gobierno Nacional se promulgue el Decreto Supremo que permita la transferencia de la Administración del Mercado Campesino de Trinidad a la Federación Sindical Única de Trabajadores Campesinos del Beni - FSUTCB, de manera definitiva.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Se dispone transferir la administración del mercado campesino de la ciudad de Trinidad, en la totalidad de sus instalaciones, con todos sus bienes, muebles, inmuebles, acciones y derechos a favor de la Federación Sindical de Trabajadores Campesinos del Beni - FSUTCB.

Artículo 2°.- Para este propósito, previamente se deberá firmar un Convenio entre partes, proceder a la inventariación, suscripción de actas de entrega, recepción y conformidad, todo ello en presencia de Notario de Fe Pública y siguiendo las regulaciones de la Ley Nº 1178 - SAFCO, y de acuerdo al Decreto Supremo Nº 25964 de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.

Artículo 3°.- La transferencia de administración del mercado campesino a la FSUTCB, no constituye transferencia del Derecho Propietario, el cual continúa siendo de propiedad de la Prefectura del Departamento del Beni.


Los Señores Ministros en las Carteras de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural; y de Asuntos Campesinos Pueblos Indígenas y Originarios, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciséis días del mes de noviembre del año dos mil uno.
Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, José Luís Lupo Flores, Leopoldo Fernández Ferreira, Oscar Guilarte Lujan, Jacques Trigo Loubiere, Mario Serrate Ruíz, Carlos Kempff Bruno, Amalia Anaya Jaldín, Enrique Paz Argandoña, Jorge Pacheco Franco, Walter Núñez Rodríguez, Ramiro Cavero Uriona, Claudio Mancilla Peña, Xavier Nogales Iturri, Mauro Bertero Gutiérrez, Wigberto Rivero Pinto.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 26393, 16 de noviembre de 2001
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe dispone transferir la administración del mercado campesino de la ciudad de Trinidad, en la totalidad de sus instalaciones, a favor de la Federación Sindical de Trabajadores Campesinos del Beni FSUTCB.
KeywordsGaceta 2359, 2001-11-27, Decreto Supremo, noviembre/2001
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/23949
Referencias2001.lexml
CreadorFdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, José Luís Lupo Flores, Leopoldo Fernández Ferreira, Oscar Guilarte Lujan, Jacques Trigo Loubiere, Mario Serrate Ruíz, Carlos Kempff Bruno, Amalia Anaya Jaldín, Enrique Paz Argandoña, Jorge Pacheco Franco, Walter Núñez Rodríguez, Ramiro Cavero Uriona, Claudio Mancilla Peña, Xavier Nogales Iturri, Mauro Bertero Gutiérrez, Wigberto Rivero Pinto.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1178] Bolivia: Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO), 20 de julio de 1990
Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO)
[BO-DS-25924] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25924, 6 de octubre de 2000
Se crea una comisión para identificar las trabas que impiden a los pequeños productores campesinos la exportación de sus productos, y un anteproyecto de Ley de transferencia de los mercados campesinos a los pequeños productores campesinos.
[BO-DS-26147] Bolivia: Decreto Supremo Nº 26147, 12 de abril de 2001
Se crean subcomisiones departamentales para la organización, transferencias y operación de los mercados campesinos.

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