CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se implementará el Seguro Básico de Salud Indígena y Originario en coordinación con la CSUTCB y sus respectivas Federaciones Departamentales, CIDOB y sus organizaciones a las cuales representa y otras Organizaciones Indígenas y Originarias; en Base al Seguro Básico de Salud creado mediante Decreto Supremo Nº 25265.
Artículo 2°.- La Implementación del Seguro Básico de Salud Indígena y Originario permitirá: la vigencia y otorgación de Carnets de afiliación, mecanismos y procedimientos de coordinación con la CSUTCB y sus respectivas Federaciones Departamentales, CIDOB y sus organizaciones a las cuales representa, y otras Organizaciones Indígenas y Originarias.
Artículo 3°.- Por el presente Decreto Supremo, se debe delegar la afiliación a las Organizaciones Indígenas y Originarias, según la jurisdicción y competencia de los municipios a los que pertenezca la organización de base.
Artículo 4°.- El Ministerio de Salud y Previsión Social realizará campañas de información del Seguro Básico de Salud Indígena y Originario con el fin de difundir los beneficios del seguro.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 26330, 22 de septiembre de 2001 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se implementará el Seguro Básico de Salud Indígena y Originario, en Base al Seguro Básico de Salud creado mediante Decreto Supremo Nº 25265. | ||||
Keywords | Gaceta 2345, 2001-10-01, Decreto Supremo, septiembre/2001 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/23886 | ||||
Referencias | 2001.lexml | ||||
Creador | Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, José Luís Lupo Flores, Leopoldo Fernández Ferreira, Oscar Guilarte Lujan, Jacques Trigo Loubiere, Mario Serrate Ruíz, Carlos Kempff Bruno, Amalia Anaya Jaldín, René Bilbao Barriga MINISTRO DE SALUD Y PREVISIÓN SOCIAL, Jorge Pacheco Franco, Walter Núñez Rodríguez, Ramiro Cavero Uriona, Claudio Mansilla Peña, Xavier Nogales Iturri, Hernán Terrazas Ergueta MINISTRO SIN CARTERA RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN GUBERNAMENTAL, Wigberto Rivero Pinto. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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