Bolivia: Decreto Supremo Nº 25923, 6 de octubre de 2000

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el cumplimiento de 200 días establecidos en el calendario escolar repercute en un mejor aprendizaje de los niños.
  • Que debido a diferentes conflictos, se ha venido afectando la regularidad del año escolar.
  • Que por lo antes expuesto el Supremo Gobierno de la Nación ha decidido premiar a los maestros que cumplen con los 200 días de clases.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Créase el bono de cumplimiento de la gestión escolar, al que tendrán derecho los maestros y personal administrativo de las unidades educativas que cumplan con dicha obligación.
El bono tendrá un valor de Bs 300.- (TRESCIENTOS 00/100 BOLIVIANOS) para la gestión 2000, y será reajustado anualmente en función a la inflación del año correspondiente. Será cancelado una vez concluído el año escolar, previa certificación de la Junta Escolar de la unidad educativa en la que presta servicios el maestro y el personal administrativo.


Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Educación, Cultura y Deportes y de Hacienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de octubre del año dos mil.
Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Walter Guiteras Denis, Guillermo Fortún Suárez, Oscar Vargas Lorenzetti, Ronald MacLean Abaroa, Juan Antonio Chahin Lupo, José Luis Lupo Flores, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Luis Vásquez Villamor, Oswaldo Antezana Vaca Diez, José Luis Carvajal Palma, Carlos Saavedra Bruno, Rubén Poma Rojas, Manfredo Kempff Suárez.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 25923, 6 de octubre de 2000
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCréase el bono de cumplimiento de la gestión escolar.
KeywordsGaceta 2251, 2000-10-10, Decreto Supremo, octubre/2000
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/23485
Referencias2000.lexml
CreadorFdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Walter Guiteras Denis, Guillermo Fortún Suárez, Oscar Vargas Lorenzetti, Ronald MacLean Abaroa, Juan Antonio Chahin Lupo, José Luis Lupo Flores, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Luis Vásquez Villamor, Oswaldo Antezana Vaca Diez, José Luis Carvajal Palma, Carlos Saavedra Bruno, Rubén Poma Rojas, Manfredo Kempff Suárez.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Abrogada por

[BO-DS-28690] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28690, 26 de abril de 2006
Autorizar la fusión del Bono Pro - Libro y del Bono al Cumplimiento, para que se realice como pago único al Magisterio Nacional a partir de la Gestión 2006.

Referencias a esta norma

[BO-DS-26793] Bolivia: Reglamento del pago del Bono de Cumplimiento de la Gestión Escolar de los 200 días establecidos en el calendario escolar, DS Nº 26793, 19 de septiembre de 2002
Reglamentar el pago del Bono de Cumplimiento de la Gestión Escolar de los 200 días establecidos en el calendario escolar.
[BO-DS-28690] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28690, 26 de abril de 2006
Autorizar la fusión del Bono Pro - Libro y del Bono al Cumplimiento, para que se realice como pago único al Magisterio Nacional a partir de la Gestión 2006.

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