CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Suspéndese el Estado de Sitio declarado en todo el territorio nacional por Decreto Supremo Nº 25730 de 7 de abril del presente, abrogándose tal disposición.
Artículo 2°.- A fin de preservar la paz interior y el orden público, se instruye a las autoridades nacionales, departamentales y provinciales, ejecutar eficientemente el mandato constitucional establecido en el Art.34 de la Constitución Política del Estado, que expresa: “Los que vulneren derechos y garantías constitucionales quedan sujetos a la jurisdicción ordinaria”.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 25744, 20 de abril de 2000 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Suspéndese el Estado de Sitio en todo el territorio nacional. | ||||
Keywords | Gaceta 2214, 2000-04-24, Decreto Supremo, abril/2000 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/23310 | ||||
Referencias | 2000.lexml | ||||
Creador | Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Franz Ondarza Linares, Walter Guiteras Denis, Jorge Crespo Velasco, Herbert Müller Costas, Luis Eduardo Serrate Céspedes, MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, José Luis Lupo Flores, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Luis Vasquez Villamor, Oswaldo Antezana Vaca Diez, José Luis Carvajal Palma, Carlos Saavedra Bruno, Rubén Poma Rojas, Ronald MacLean Abaroa. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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