CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Dispónese la vigencia e incorporación al ordenamiento jurídico nacional de los siguientes Reglamentos del Acuerdo de Transporte Fluvial por la Hidrovía Paraguay - Paraná (Puerto de Cáceres - Puerto de Nueva Palmira) y sus protocolos adicionales:
1 Reglamento Único para el Transporte de Mercancías sobre Cubierta en Embarcaciones de la Hidrovía, de fecha 19/6/96.
2 Reglamento Único de Balizamiento, de fecha 19/6/96.
3 Glosario Uniforme de los Servicios Portuarios de la Hidrovía Paraguay - Paraná, de fecha 19/6/96.
4 Reglamento para Prevenir los Abordajes de fecha 19/6/96
5 Reglamento para la Determinación del Arqueo de las Embarcaciones de la Hidrovía Paraguay - Paraná, de fecha 19/6/96
6 Plan de Comunicaciones para la Seguridad de la Navegación de la Hidrovía Paraguay - Paraná de fecha 19/6/96.
7 Régimen Único de Dimensiones Máximas de los Convoyes de la Hidrovía de fecha 19/6/96.
8 Reglamento de Francobordo y Estabilidad para Embarcaciones de la Hidrovía Paraguay - Paraná de fecha 19/6/97.
9 Reglamento sobre la Adopción de Requisitos Exigibles Comunes para la Matriculación de Embarcaciones, Inscripción de Contratos de Utilización e Intercambio de Información sobre Matriculación de Embarcaciones, Altas, Bajas y Comunicaciones de fecha 19/6/97.
10 Reglamento de Reconocimiento, Inspecciones y Certificados de Seguridad para Embarcaciones de la Hidrovía de fecha 19/6/97.
11 Régimen Único de Infracciones y Sanciones de la Hidrovía Paraguay-Paraná de fecha 19/6/97.
Artículo 2°.- El presente decreto supremo, deberá ser depositado en la Secretaría General de la Asociación Latinoamericana de Integración.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 25653, 18 de enero de 2000 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Dispónese la vigencia del Acuerdo de Transporte Fluvial por la Hidrovía Paraguay Paraná ( Puerto Cáceres Puerto de Nueva Palmira) y sus protocolos adicionales. | ||||
Keywords | Gaceta 2198, 2000-01-28, Decreto Supremo, enero/2000 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/12941 | ||||
Referencias | 2000.lexml | ||||
Creador | Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha , Franz Ondarza Linares, Walter Guiteras Denis, Jorge Crespo Velasco, Herbert Müller Costas, Juán Antonio Chahin Lupo, José Luis Lupo Flores, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, . Luis Vasquez Villamor, Oswaldo Antezana Vaca Diez, . Erick Reyes Villa Bacigalupi, Carlos Saavedra Bruno, Rubén Poma Rojas, Jorge Landivar Roca. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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