Bolivia: Decreto Supremo Nº 25587, 19 de noviembre de 1999

HUGO BANZER SUÁREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Régimen Económico y Financiero establecido por la Constitución Política del Estado señala como atribución del Gobierno Nacional, la programación del desarrollo y la administración de la política económica del Estado.
  • Que el plan de Gobierno del Poder Ejecutivo se asienta en cuatro pilares programáticos, entre los que se encuentra el de oportunidad, que considera el desarrollo de acciones para la modernización de los servicios del Estado.
  • Que es facultad del Gobierno Nacional contratar empréstitos para la ejecución de planes y programas de sectores e instituciones dependientes del Estado.
  • Que mediante Decreto Supremo Nº 25279 de 28 de enero de 1999, el Gobierno Nacional a aprobado el programa de Reforma y Modernización de la Administración Aduanera.
  • Que la Ley Nº 1990 de 28 de julio de 1999, instituye la Aduana Nacional, como una entidad de derecho público, de carácter autárquico, con jurisdicción nacional, de duración indefinida y bajo la autoridad máxima de un Directorio, con la finalidad y responsabilidad de definir sus políticas, normativas especializadas de aplicación general y normas internas, así como de establecer estrategias administrativas , operativas y financieras.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Designar a la Aduana Nacional, en sustitución del Ministerio de Hacienda, como responsable máximo de la implementación del Programa de Reforma y Modernización de la Administración Aduanera, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 25279 de 28 de enero de 1999.

Artículo 2°.- El Presidente Ejecutivo de la Aduana Nacional, en observancia de los procedimientos legislativos y/o las normas fiscales en vigencia, gestionará la obtención de empréstitos y la cooperación económica internacional con autorización del Ministerio de Hacienda, para el cumplimiento del Programa de Reforma y Modernización Aduanera.

Artículo 3°.- El Presidente Ejecutivo de la Aduana Nacional, en coordinación con los organismos financiadores, designará al Coordinador del Programa, quien reportará directamente al Presidente Ejecutivo.
Las funciones del Coordinador del Programa serán asignadas por el Presidente de la Aduana Nacional, en coordinación con los organismos financiadores.

Artículo 4°.- El Presidente Ejecutivo de la Aduana Nacional , será responsable de :

  1. La puesta en marcha y ejecución de los planes y procedimientos que se elaboren en el Programa.
  2. La asignación, a solicitud del Coordinador del Programa, de funcionarios expertos y técnicos de la Aduana Nacional, y en caso de ser necesario, realizar las contrataciones de personal especializado mediante mecanismos de selección establecidos en los respectivos convenios de financiamiento y en el marco de las disposiciones legales en vigencia.
  3. Prestar las facilidades del caso para que los expertos consultores del Programa accedan a los documentos y dependencias de la Aduana Nacional.

Artículo 5°.- El Directorio de la Aduana Nacional podrá efectuar cambios, ampliar plazos, modificar funciones, agregar o suprimir pasos del Programa de Reforma y Modernización de la Administración Aduanera solo mediante Resolución de Directorio.

Artículo 6°.- La Aduana Nacional informará periódicamente, mediante su Presidente Ejecutivo, al Ministerio de Hacienda o a los Viceministros que corresponda sobre la utilización de los recursos, objetivos alcanzados, forma y resultados obtenidos en la implementación del Programa de Reforma y Modernización de la Administración Aduanera.

Artículo 7°.- Queda derogado el Decreto Supremo Nº 25279 de 28 de enero de 1999, en todo cuanto sea contrario al presente decreto supremo.


El señor Ministro de Estado en el despacho de Hacienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y nueve años.
Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Fernando Messmer Trigo MINISTRO INTERINO DE RR. EE. Y CULTO, Franz Ondarza Linares, Walter Guiteras Denis, Jorge Crespo Velasco, Herbert Müller Costas, Juán Antonio Chahín Lupo, José Luis Lupo Flores, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Luis Vasquez Villamor, Walter Nuñez Rodriguez MINISTRO INTERINO DE AGRICULTURA GANADERIA Y DESARROLLO RURAL, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Carlos Saavedra Bruno, Rubén Poma Rojas, Jorge Landivar Roca.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 25587, 19 de noviembre de 1999
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDesignar a la Aduana Nacional responsable máximo de la implementación del Programa de Reforma y Modernización de la administración aduanera.
KeywordsGaceta 2182, 1999-11-23, Decreto Supremo, noviembre/1999
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/20519
Referencias1990b.lexml
CreadorFdo. HUGO BANZER SUAREZ, Fernando Messmer Trigo MINISTRO INTERINO DE RR. EE. Y CULTO, Franz Ondarza Linares, Walter Guiteras Denis, Jorge Crespo Velasco, Herbert Müller Costas, Juán Antonio Chahín Lupo, José Luis Lupo Flores, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Luis Vasquez Villamor, Walter Nuñez Rodriguez MINISTRO INTERINO DE AGRICULTURA GANADERIA Y DESARROLLO RURAL, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Carlos Saavedra Bruno, Rubén Poma Rojas, Jorge Landivar Roca.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19940812] Bolivia: Constitución política de 1994, 12 de agosto de 1994
Constitución política de 1967 con reformas de 1994
[BO-DS-25279] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25279, 28 de enero de 1999
Aprobar el Programa de Reforma y Modernización de la Administración Aduanera.
[BO-L-1990] Bolivia: Ley General de Aduanas, 28 de julio de 1999
Ley General de Aduanas, publicado en Gaceta Oficial N° 2152

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