CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Autorizar a la Prefectura del Departamento de Santa Cruz, para que a través del SERVICIO DE ENCAUZAMIENTO DE AGUAS DEL RIO PIRAI (SEARPI) se efectúe la transferencia documentada, con carácter de DONACION y definitivo de acuerdo a lo estipulado en las Normas Básicas de Administración de Bienes y Servicios publicada el 3 de agosto de 1995, según resolución suprema 216145, en su capítulo III, artículo 193, inciso a) y los artículos 194 y 195 en favor de la FUERZA NAVAL BOLIVIANA, de la DRAGA PIRAI II. El equipo entregado será utilizado en el dragado, limpieza y mantenimiento del Canal Tamengo y otras obras de interés nacional.
Artículo 2°.- La draga motivo de la presente transferencia, será operada por personal del Servicio Nacional de Hidrografía Naval dependiente de la Fuerza Naval Boliviana y brindará sus servicios inicialmente en el mejoramiento del Canal Tamengo y posteriormente en las vías navegables del país que requieran dichos trabajos.
Artículo 3°.- Los gastos de traslado, funcionamiento, operación y mantenimiento de la draga quedan a cargo de la Fuerza Naval Boliviana, que posteriormente financiará recursos con la empresa privada para la operación futura de la misma.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 25312, 23 de febrero de 1999 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autorizar a SEARPI se efectúe la transferencia documentada, en favor de la FUERZA NAVAL BOLIVIANA la DRAGA PIRAI II. | ||||
Keywords | Gaceta 2122, 1999-03-11, Decreto Supremo, febrero/1999 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9085 | ||||
Referencias | 1999.lexml | ||||
Creador | Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Fernando Messmer Trigo, MINISTRO INTERINO DE RR. EE. Y CULTO, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Nayar Parada, Fernando Kieffer Guzmán, Herbert Müller Costas, Ana María Cortéz de Soriano, Jorge Pacheco Franco, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Leopoldo López Cossio, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Crespo Velasco, Amparo Ballivián Valdés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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