Considerando:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Modificase el artículo 56 del Reglamento de Concesiones, Licencias y Licencias Provisionales, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 24043 de 28 de junio de 1995, en la siguiente forma:
“ARTÍCULO 56.- (APERTURA DEL PROCEDIMIENTO DE CADUCIDAD O REVOCATORIA). Cuando el titular de una concesión o licencia incurra en una de las causales señaladas en el artículo 33 de la Ley de Electricidad, el Superintendente dispondrá de oficio o a petición de parte, la apertura del procedimiento para la declaratoria de caducidad o revocatoria, en un plazo no mayor a 30 días.
La solicitud de declaratoria de caducidad o revocatoria a petición de parte, deberá estar acompañada de prueba documental La solicitud que no cumpla con este requisito, será rechazada por improcedente y se dispondrá el archivo de obrados sin ulterior recurso.”
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 25283, 30 de enero de 1999 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Modifícase el artículo 56 del Reglamento de Concesiones, Licencias y Licencias Provisionales, aprobado mediante decreto supremo 24043 de 28/06/1995. | ||||
Keywords | Decreto Supremo, enero/1999 | ||||
Origen | http://www.lexivox.org/norms/BO-DS-25283.html | ||||
Referencias | 15257-29635.lexml | ||||
Creador | FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián. Guido Náyar Parada, Fernando Kieffer Guzmán. Herbert Müller Costas, Ana Maria Cortéz de Soriano. Jorge Pacheco Franco, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Leopoldo López Cossio, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Miguel López Bakovic. MINISTRO INTERINO DE COMERCIO EXTERIOR E INVERSION. Amparo Ballivián Valdés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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