Considerando:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Modificase el artículo 57 del Reglamento para Construcción y Operación de Plantas de Engarrafado de Gas Licuado de Petróleo (GLP) aprobado mediante Decreto Supremo Nº 24721 de 23 de julio de 1997, en la siguiente forma:
La Empresa podrá convenir libremente el precio de venta del GLP a las empresas distribuidoras siempre y cuando este precio sea inferior al precio máximo en vigencia, en el día cuando se realizara la venta y la empresa deberá comprar el GLP al precio pre-terminal vigente en el día en que se realizara la compra, según lo estipulado por el Reglamento de Precios aprobado mediante Decreto Supremo Nº 24914 de 5 de diciembre de 1997.
Artículo 2°.- Derógase las disposiciones legales contrarias al presente decreto supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 25178, 28 de septiembre de 1998 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Modificase el artículo 57 del Reglamento para Construcción y Operación de Plantas de Engarrafado de Gas Licuado de Petróleo (GLP) aprobado mediante decreto supremo 24721 de 23/07/1997. | ||||
Keywords | Decreto Supremo, septiembre/1998 | ||||
Origen | http://www.lexivox.org/norms/BO-DS-25178.html | ||||
Referencias | 15257-29635.lexml | ||||
Creador | FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián. Guido Nayar Parada, Femando Kieffer Guzman. Herbert Müller Costas. Ana María Cortes de Soriano, Jorge Pacheco Franco. Tito Hoz de Vila Quiroga, Tonchy Marinkovic Uzqueda. Leopoldo López Cossio, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Erick Reyes Villa Bacigalupi. Jorge Crespo Velasco. Amparo Ballivián Valdés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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