Bolivia: Decreto Supremo Nº 24927, 30 de diciembre de 1997

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Ministerio de Defensa Nacional, como máximo organismo administrativo de las Fuerzas Armadas de la Nación, está encargado de la adquisición y suministro de material bélico, en cumplimiento de su misión constitucional;
  • Que es prioridad e interés nacional, proceder a la dotación de material bélico destinado al equipamiento del efectivo que conforma las FF. AA., para resguardar la soberanía e integridad territorial;
  • Que la compra y adquisición del material bélico debe observar las ventajas comparativas más favorables en cuanto a las condiciones de operabilidad táctica, asistencia técnica y estandarización dentro el arsenal de las FF. AA.;
  • Que las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, aprobadas por resolución suprema 216145 de 3 de agosto de 1995, autorizan en su artículo 92 inciso c la compra de material bélico por vía de excepción;
  • Que el informe de 16 de octubre de 1997 del Dpto. IV-EMG Sección Material Bélico del Comando General del Ejército, justifica la compra de armamento de procedencia israelita.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Autorízase al Ministerio de Defensa Nacional la compra y adquisición de diez mil (10.000) fusiles marca GALIL - calibre 5.56 mm. modelo AR, a un costo unitario de un mil ciento setenta y ocho dólares estadounidenses (US$.1.178.-) de la firma ISRAEL MILITARY INDUSTRIES LTDA.(I. M. I.), destinados al equipamiento de las Fuerzas Armadas de la Nación.

Artículo 2°.- Se autoriza el pago del veinte por ciento (20%) del precio, a la firma del contrato, que se realizará contra el presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional y el saldo de dicha transacción se cancelará con la emisión de bonos del Tesoro General de la Nación, a seis años plazo, con cupones semestrales correspondientes solamente a los intereses.


Los señores Ministros de Estado en los despachos de Defensa Nacional y Hacienda quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y siete años.
Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Náyar Parada, Luis Daza Montero, MINISTRO INTERINO DE DEFENSA NACIONAL, Edgar Millares Ardaya, Ana María Cortéz de Soriano, Ivo Kuljis Futchner, Tito Hoz de Vila Quiroga, Tonchy Marinkovic Uzqueda, Leopoldo López Cossio, Luis Freddy Conde López, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Crespo Velasco, Javier Escóbar Salguero.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 24927, 30 de diciembre de 1997
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutorízase al Ministerio de Defensa Nacional la compra y adquisición de diez mil (10.000) fusiles destinados al equipamiento de las Fuerzas Armadas de la Nación.
KeywordsGaceta 2048, 1998-01-19, Decreto Supremo, diciembre/1997
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16522
Referencias1990b.lexml
CreadorFdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Náyar Parada, Luis Daza Montero, MINISTRO INTERINO DE DEFENSA NACIONAL, Edgar Millares Ardaya, Ana María Cortéz de Soriano, Ivo Kuljis Futchner, Tito Hoz de Vila Quiroga, Tonchy Marinkovic Uzqueda, Leopoldo López Cossio, Luis Freddy Conde López, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Crespo Velasco, Javier Escóbar Salguero.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Referencias a esta norma

[BO-DS-25259] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25259, 23 de diciembre de 1998
Aprobar las características de la emisión de Bonos del Tesoro a la orden de la EMPRESA ISRAEL MILITARY INDUSTRIES LTDA..

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.