Considerando:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Convocase a sesión extraordinaria del Honorable Congreso Nacional, a objeto de considerar el siguiente asunto: Elección del Presidente y Vicepresidente Constitucional de la República.
Artículo 2°.- El Congreso Nacional se instalará sin ceremonial y funcionará en la ciudad de La Paz, a partir del día 4 de agosto de 1997. a horas 15:00.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 24723, 29 de julio de 1997 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Convócase a sesión extraordinaria del Honorable Congreso Nacional. | ||||
Keywords | Decreto Supremo, julio/1997 | ||||
Origen | http://www.lexivox.org/norms/BO-DS-24723.html | ||||
Referencias | 15257-29635.lexml | ||||
Creador | FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Víctor Hugo Canelas Zannier, Alfonso Erwin Kreidler Guillaux. José Guillermo Justiniano Sandoval, MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE DESARROLLO SOSTEN1BLE Y MEDIO AMBIENTE, René Oswaldo Blattmann Bauer. Fernando Candia Castillo. Franklin Anaya Vásquez, Alberto Vargas Covarrubias. Mauricio Antezana Villegas. Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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