Considerando:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Apruébanse los siguientes reglamentos de la Ley de Hidrocarburos Nº 1689 de 30 de abril de 1996, cuyos textos en anexos forman parte del presente Decreto Supremo.
Reglamento para Construcción y Operación de Estaciones de Servicio de Gas Natural Comprimido (GNC), que consta de 15 capítulos, 70 artículos y 10 anexos.
Reglamento para Construcción y Operación de Plantas de Engarrafado de Gas Licuado de Petróleo (GLP). que consta de 15 capítulos, 73 artículos y 14 anexos.
Reglamento para Construcción y Operación de Plantas de Almacenaje de Combustibles Líquidos, que consta de 15 capítulos y 71 artículos.
Reglamento para Construcción y Operación de Plantas de Distribución de Gas Licuado de Petróleo (GLP) en Garrafas, que consta de 16 capítulos, 81 artículos y 8 anexos.
Reglamento para Construcción y Operación de Estaciones de Servicio de Combustibles Líquidos, que consta de 17 capítulos, 76 artículos y 14 anexos.
Reglamento para el Diserto. Construcción. Operación y Abandono de Duelos, que consta de 10 títulos y 70 artículos.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 24721, 23 de julio de 1997 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Apruébanse los siguienetes reglamentos de la Ley de Hidrocarburos N° 1689 de 30 de abril de 1996, cuyos textos en anexos forman parte del presente Decreto Supremo. | ||||
Keywords | Decreto Supremo, julio/1997 | ||||
Origen | http://www.lexivox.org/norms/BO-DS-24721.html | ||||
Referencias | 15257-29635.lexml | ||||
Creador | FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA. Antonio Aranibar Quiroga. Victor Hugo Canelas Zannier. Alfonso Erwin Kreidler Guillaux. José Guillermo Justiniano Sandoval, MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y MEDIO AMBIENTE. René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Franklin Anaya Vásquez, Alberto Vargas Covarrubias. Mauricio Antezana Villegas, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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