Bolivia: Decreto Supremo Nº 24513, 3 de marzo de 1997

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que la Secretaría Nacional de Cultura es la entidad del Estado encargada de preservar y difundir el patrimonio cultural del país;
  • Que el Decreto Supremo Nº 24394, de 25 de octubre de 1996, autorizó la salida temporal de 50 cuadros coloniales, del 1ro. de noviembre de 1996 hasta el 10 de marzo de 1997.
  • Que dado el éxito de la exposición de cincuenta cuadros coloniales bolivianos realizada en Francia y España, desde el mes de noviembre del pasado año, se ha visto por conveniente continuar con dicha exposición hasta el 15 de junio de 1997, a fin de mostrar y difundir en el exterior la gran riqueza histórica y cultural de Bolivia;
  • Que el artículo 4to. del Decreto Supremo Nº 5918 de 6 de noviembre de 1961, permite la salida temporal de objetos de la riqueza artística, histórica, cultural y arqueológica para exposiciones bajo convenios internacionales, previa constitución de garantía y seguro adecuados para su perfecta preservación y restitución;

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Amplíase la autorización concedida al Secretario Nacional de Cultura, DR. ALBERTO BAILEY GUTIERREZ, para que bajo su exclusiva responsabilidad se extienda la permanencia temporal en el exterior de cincuenta (50) cuadros coloniales pertenecientes a museos y colecciones privadas, detallados en la lista anexa que forma parte del texto del presente decreto supremo, para su exposición temporal en la Fundación Santillana y la Academia de San Fernando Madrid España, desde el 10 de marzo hasta el 15 de junio de 1997.

Artículo 2°.- La permanencia temporal de las referidas obras en el exterior, así como su retorno al país serán garantizados con la póliza de seguros correspondientes.

Artículo 3°.- Los cincuenta cuadros coloniales quedan liberados a su reingreso al país del pago de gravamen o tributo aduanero y de impuestos de toda especie.


Los señores Ministros de Estado en los despachos de Relaciones Exteriores y Culto, Desarrollo Humano, Hacienda, Gobierno y Sin Cartera responsable de Desarrollo Económico, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de marzo de mil novecientos noventa y siete años.
Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Carlos Sánchez Berzaín, Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval, Rene Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Franklin Anaya Vásquez, Moisés Jarmúsz Levy, Hugo San Martín Arzabe, Mauricio Balcazar G., Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 24513, 3 de marzo de 1997
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAmplíase la autorización para la permanencia temporal en el exterior de cincuenta cuadros coloniales pertenecientes a museos y colecciones privadas, para su exposición temporal en la Fundación Santillana y la Academia de San Fernando Madrid España, desde el 10 de marzo hasta el 15 /06/ 1997.
KeywordsGaceta 1990, 1997-03-31, Decreto Supremo, marzo/1997
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/10844
Referencias1997.lexml
CreadorFdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Carlos Sánchez Berzaín, Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval, Rene Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Franklin Anaya Vásquez, Moisés Jarmúsz Levy, Hugo San Martín Arzabe, Mauricio Balcazar G., Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-24394] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24394, 25 de octubre de 1996
Autorízase al Secretario Nacional de Cultura, permitir bajo su exclusiva responsabilidad, la salida temporal de 50 cuadros coloniales pertenecientes a museos y colecciones privadas, para su exposición temporal en la Capilla de la Sorbona de París, Francia, y la Fundación Santillana de España.

Referencias a esta norma

[BO-DS-24644] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24644, 4 de junio de 1997
Amplíase por última vez la autorización para la permanencia temporal en el exterior de 50 cuadros coloniales.
[BO-DS-25223] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25223, 18 de noviembre de 1998
Autorízase al Viceministro de Cultura, bajo su exclusiva responsabilidad, la salida temporal de cincuenta (50) cuadros coloniales, para su exposición temporal en el Museo de Bellas Artes de la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, con motivo de la Cumbre de Presidentes del MERCOSUR y Museo Nacional de la ciudad de Bogotá, República de Colombia.
[BO-DS-25668] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25668, 9 de febrero de 2000
Autorízase la salida temporal de 50 cuadros coloniales para su exposición temporal en el Museo Nacional de artes Visuales de la ciudad de Montevideo.
[BO-DS-25757] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25757, 27 de abril de 2000
Amplíase la autorización para la permanencia temporal de 50 cuadros coloniales.
[BO-DS-25915] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25915, 22 de septiembre de 2000
Amplíase la autorización concedida al Viceministerio de Cultura, para que extienda la permanencia temporal de 50 cuadros coloniales, para su exposición temporal en el Museo Nacional de Bellas Artes de la ciudad de Caracas Venezuela.

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.