CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se autoriza al Ministro de Hacienda, o indistintamente al Embajador boliviano en los Estados Unidos de América, suscribir con la Asociación Internacional de Fomento (AIF), en nombre del Gobierno de la República de Bolivia, el correspondiente convenio de crédito en varias monedas por un monto equivalente a TRECE MILLONES CUATROCIENTOS mil DERECHOS ESPECIALES DE GIRO (DEG.13.400.000.-), destinado a financiar el proyecto de Saneamiento Básico y Agua Rural.
Artículo 2°.- Autorízase al Tesoro General de la Nación traspasar a las entidades ejecutoras, mediante convenio subsidiario, los recursos provenientes del convenio de crédito.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 24258, 21 de marzo de 1996 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se autoriza suscribir con la Asociación Internacional de Fomento (AIF), en nombre del Gobierno de la República de Bolivia, el convenio de crédito de DEG. 13.400.000 , destinado a financiar el proyecto de Saneamiento Básico y Agua Rural. | ||||
Keywords | Gaceta 1929, 1996-03-29, Decreto Supremo, marzo/1996 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16151 | ||||
Referencias | 1996.lexml | ||||
Creador | Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Carlos Sánchez Berzaín, Jorge Otasevic Toledo, José Guillermo Justiniano Sandoval, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Freddy Teodovich Ortíz, Moisés Jarmúsz Levy, Reynaldo Peters Arzabe, Irving Alcaráz del Castillo, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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