Considerando:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Ampliase el plazo establecido en el inciso b) del artículo 23 del Decreto Supremo Nº 24206, para la gestión de 1996. hasta la segunda quincena del mes de febrero, siendo responsables de su cumplimiento los Subprefectos y los Presidentes de los Concejos Municipales que corresponda de acuerdo a lo señalado en el procedimiento del citado artículo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 24214, 12 de enero de 1996 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Amplíase el plazo establecido en el inciso b) del artículo 23 del Decreto Supremo 24206, para la gestión de 1996. | ||||
Keywords | Decreto Supremo, enero/1996 | ||||
Origen | http://www.lexivox.org/norms/BO-DS-24214.html | ||||
Referencias | 15257-29635.lexml | ||||
Creador | FDO. VICTOR HUGO CARDENAS CONDE PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPUBLICA, Eduardo Trigo O'Connor d'Arlach MINISTRO SUPLENTE DE RR. EE. Y CULTO, Carlos Sanchez Berzain, Jorge Otasevic Toledo. José G. Justiniano Sandoval, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Freddy Teodovich Ortiz. Ramiro Ortega Landa. MIN SUPLENTE DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y MEDIO AMBIENTE. Reynaldo Peters Arzabe. Irving Alcaráz del Castillo, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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