CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Créase la Unidad de Promoción de la Investigación Agraria (UPIA), dependiente de la Secretaría Nacional de Agricultura y Ganadería con autonomía técnico administrativa, encargada de promover la formulación de la estrategia nacional de investigación agraria, el establecimiento del marco institucional y el financiamiento correspondiente.
Artículo 2°.- El Director Ejecutivo de la Unidad será designado mediante resolución ministerial.
Artículo 3°.- Las normas complementarias para el funcionamiento de la Unidad de Promoción de la Investigación Agraria, serán presentadas por el Director Ejecutivo al Secretario Nacional de Agricultura y Ganadería para su aprobación, en un plazo máximo de sesenta días a partir de su nombramiento.
Artículo 4°.- El Ministerio de Hacienda asignará, de recursos externos, los fondos necesarios para el funcionamiento de la UPIA.
Artículo 5°.- Las instituciones públicas del gobierno central, desconcentradas y descentralizadas, relacionadas con actividades de investigación agropecuaria, deberán proporcionar la información que sea requerida por la Unidad.
Artículo 6°.- La Unidad tendrá vigencia máxima de dos años, computables a partir del nombramiento del Director Ejecutivo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 24111, 1 de septiembre de 1995 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Créase la Unidad de Promoción de la Investigación Agraria (UPIA), dependiente de la Secretaría Nacional de Agricultura y Ganadería. | ||||
Keywords | Gaceta 1902, 1995-09-25, Decreto Supremo, septiembre/1995 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16966 | ||||
Referencias | 1990b.lexml | ||||
Creador | Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Eduardo Trigo O'Connor d'Arlach MINISTRO SUPLENTE DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, Carlos Sánchez Berzaín, Jorge Otasevic Toledo, José G. Justiniano Sandoval, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Freddy Teodovich Ortíz, Moisés Jarmusz Levy, Reynaldo Peters Arzabe, Irving Alcaraz del Castillo, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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