CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se autoriza al Ministro de Hacienda o indistintamente al Embajador de Bolivia en los Estados Unidos de América, suscribir con la Asociación Internacional de Fomento (AIF), en nombre del Gobierno de la República de Bolivia, el correspondiente Convenio de Crédito por un monto de hasta DEG.7.600.000.- (SIETE MILLONES SEISCIENTOS mil 00/100 DERECHOS ESPECIALES DE GIRO), destinado a financiar el Proyecto de Reforma Judicial.
Artículo 2°.- Se autoriza al Tesoro General de la Nación traspasar mediante Convenio Subsidiario los recursos provenientes del Convenio de Crédito a las entidades ejecutores del Proyecto.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 23973, 1 de marzo de 1995 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se autoriza al Ministro de Hacienda o indistintamente al Embajador de Bolivia en los Estados Unidos de América, suscribir con la Asociación Internacional de Fomento (AIF), el correspondiente Convenio de Crédito por un monto de hasta DEG. 7.600.000 , destinado a financiar el Proyecto de Reforma Judicial. | ||||
Keywords | Gaceta 1875, 1995-04-03, Decreto Supremo, marzo/1995 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16710 | ||||
Referencias | 1995.lexml | ||||
Creador | Fdo. VICTOR HUGO CARDENAS CONDE PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPUBLICA, Mario Reyes Chávez, MIN. SUPLENTE DE RR. EE. Y CULTO, Carlos Sánchez Berzaín, Raúl Tovar Piérola, José G. Justiniano Sandoval, René Oswaldo Blattmann Bauer, Gaby Candia de Mercado, MIN. SUPLENTE DE HACIENDA, Enrique Ipiña Melgar, Luis Lema Molina, Reynaldo Peters Arzabe, Ernesto Machicao Argiró, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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