CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se declara de necesidad y utilidad pública la expropiación de la totalidad del inmueble situado en la calle Ingavi 958 de la ciudad de La Paz, de propiedad de Godofredo Guidi Rossi y el Fondo de Pensiones de la Caja Petrolera de Salud, en favor del MUSEO NACIONAL DE ETNOGRAFIA Y FOLKLORE, de conformidad con los artículos 22 de la Constitución Política del Estado y 108 del Código Civil y el decreto supremo de 4 de abril de 1879 elevado a ley por la de 30 de diciembre de 1884.
Artículo 2°.- La Prefectura del departamento de La Paz queda encargada de iniciar a la brevedad y proseguir hasta su conclusión el correspondiente procedimiento de expropiación del inmueble, determinando el monto de la respectiva indemnización que será pagada por el Banco Central de Bolivia a los propietarios, conforme a ley.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 23904, 30 de noviembre de 1994 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se declara de necesidad y utilidad pública, la expropiación de la totalidad del inmueble situado en la calle Ingavi 958 de la ciudad de La Paz, de propiedad de Godofredo Guidi Rossi y el Fondo de Pensiones de la Caja Petrolera de Salud, en favor del Museo Nacional de Etnografía y Folklore. | ||||
Keywords | Gaceta 1858, 1994-12-12, Decreto Supremo, noviembre/1994 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/11918 | ||||
Referencias | 1994.lexml | ||||
Creador | Fdo. VICTOR HUGO CARDENAS CONDE, Presidente Constitucional Interino de la República, Eduardo Trigo O'Connor d'Arlach MIN. SUPLENTE DE RR. EE. Y CULTO, Germán Quiroga Gómez, Raúl Tovar Piérola, Carlos Sánchez Berzain, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Alvaro Cossio, Enrique Ipiña Melgar, José G. Justiniano Sandóval, Reynaldo Peters Arzabe, Ernesto Machicao Argiró, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinéz. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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