Bolivia: Decreto Supremo Nº 23890, 22 de noviembre de 1994

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que es prioridad del Gobierno de la República de Bolivia aliviar la pobreza y prevenir el deterioro progresivo de los escasos servicios sociales básicos de la población de menores ingresos;
  • Que la política social del Gobierno contempla la construcción de centros de salud, programas de nutrición, atención materna, capacitación de la mujer en salud, servicios de atención y desarrollo infantil, construcción de sistemas de alcantarillado y servicio de agua potable para pequeños conglomerados, así como el fortalecimiento institucional del sector salud; todo ello dirigido hacia núcleos de población en estado de pobreza.
  • Que para lograr ese propósito ha gestionado, ante la Corporación Andina de Fomento, un financiamiento para llevar adelante un Programa de Cofinanciamiento de Proyectos de Inversión Social con organismos Multilaterales a ser ejecutado por el Ministerio de Desarrollo Humano.
  • Que la Corporación Andina de Fomento ha acordado conceder a la República de Bolivia un Crédito de hasta $us.7.000.000.- destinado a financiar dicho Programa.
  • Que corresponde autorizar la suscripción del respectivo Contrato de Préstamo con objeto de concretar el financiamiento.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Se autoriza al Ministerio de Hacienda y Desarrollo Económico suscribir, en representación del Gobierno de Bolivia, el correspondiente Contrato de Préstamo con la Corporación Andina de Fomento por un monto de hasta siete MILLONES DE DÓLARES AMERICANOS ($us.7.000.000.-), destinado a apoyar el Programa de Cofinanciamiento de Proyectos de Inversión Social con Organismos Multilaterales.

Artículo 2°.- Autorízase a la Secretaría Nacional de Hacienda traspasar los recursos del Crédito, mediante Convenio Subsidiario, a los ejecutores del Programa.


Los Señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y Desarrollo Económico y Desarrollo Humano, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidós días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro años.
Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Araníbar Quiroga, Germán Quiroga Gómez, Raúl Tovar Piérola, Carlos Sánchez Berzain, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Alvaro Cossio, Enrique Ipiña Melgar, José G. Justiniano Sandoval, Reynaldo Peters Arzabe, Ernesto Machicao Argiró, Alfonso Revollo Thenier.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 23890, 22 de noviembre de 1994
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza al Ministerio de Hacienda y Desarrollo Económico suscribir, el correspondiente Contrato de Préstamo con la Corporación Andina de Fomento por un monto de hasta $us. 7,000,000 , destinado a apoyar el Programa de Cofinanciamiento de Proyectos de Inversión Social con Organismos Multilaterales.
KeywordsGaceta 1856, 1994-11-25, Decreto Supremo, noviembre/1994
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/11904
Referencias1994.lexml
CreadorFdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Araníbar Quiroga, Germán Quiroga Gómez, Raúl Tovar Piérola, Carlos Sánchez Berzain, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Alvaro Cossio, Enrique Ipiña Melgar, José G. Justiniano Sandoval, Reynaldo Peters Arzabe, Ernesto Machicao Argiró, Alfonso Revollo Thenier.
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