CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se autoriza al Ministerio de Hacienda y Desarrollo Económico, o indistintamente al Embajador de Bolivia en los Estados Unidos de América, suscribir con la Asociación Internacional de Fomento (AIF), en nombre del Gobierno de la República de Bolivia, el correspondiente convenio de crédito (tercera enmienda) por un monto hasta SEIS MILLONES novecientos CUARENTA mil 00/100 DERECHOS ESPECIALES DE GIRO (DEG.6.740.000.-), destinado a continuar financiando el programa de ajuste estructural.
Artículo 2°.- Autorízase al Tesoro General de la Nación traspasar los recursos provenientes del convenio de crédito a la correspondiente entidad ejecutora del programa, mediante el pertinente convenio subsidiario.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 23765, 21 de abril de 1994 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se autoriza suscribir con la Asociación Internacional de Fomento (AIF), el correspondiente convenio de crédito (tercera enmienda) por un monto hasta DEG, 6,740,000 destinado a continuar financiando el programa de ajuste estructural. | ||||
Keywords | Gaceta 1830, 1994-05-12, Decreto Supremo, abril/1994 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/17748 | ||||
Referencias | 1990a.lexml | ||||
Creador | Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Jorge Gumucio Granier MIN. SUPLENTE DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, Germán Quiroga Gómez, Raúl Tovar Piérola, Carlos Sánchez Berzain, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Alvaro Cossio, Enrique Ipiña Melgar, José G. Justiniano Sandoval, Reynaldo Peters Arzabe, Ernesto Machicao Argiró, Alfonso Revollo Thenier. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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