CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se autoriza al Ministro de Hacienda y Desarrollo Económico o indistintamente a la Secretaria Nacional de Hacienda, suscribir en representación de la República de Bolivia, el correspondiente contrato de préstamo con la Corporación Andina de Fomento (CAF), hasta un monto de TREINTA Y OCHO MILLONES 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$.38.000.000.00), destinado a financiar el segundo programa de confinanciamiento de proyectos de inversión con organismos multilaterales.
Artículo 2°.- Autorízase a la Secretaría Nacional de Hacienda traspasar los recursos del crédito, mediante convenio subsidiario, al Servicio Nacional de Caminos.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 23758, 18 de abril de 1994 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se autoriza suscribir el correspondiente contrato de préstamo con la Corporación Andina de Fomento (CAF), hasta un monto de $us. 38,000,000 , destinado a financiar el segundo programa de cofinanciamiento de proyectos de inversión con organismos multilaterales. | ||||
Keywords | Gaceta 1830, 1994-05-12, Decreto Supremo, abril/1994 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/17741 | ||||
Referencias | 1990a.lexml | ||||
Creador | Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Jorge Gumucio Granier MIN. SUPLENTE DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, Germán Quiroga Gómez, Raúl Tovar Piérola, Carlos Sánchez Berzain, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Alvaro Cossio, Enrique Ipiña Melgar, José G. Justiniano Sandoval, Reynaldo Peters Arzabe, Ernesto Machicao Argiró, Alfonso Revollo Thenier. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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