Bolivia: Decreto Supremo Nº 23750, 29 de marzo de 1994

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el ciudadano boliviano Luis García Meza Tejada, reo y prófugo de la Justicia boliviana y sobre quien pesa una condena de 30 años de presidio sin derecho a indulto, ha sido detenido en la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil, el 11 de marzo de 1994;
  • Que es obligación del Gobierno de la nación hacer cumplir las resoluciones y sentencias emanadas de la Corte Suprema de Justicia y evitar que los actos delictivos queden impunes;
  • Que el Gobierno nacional ha solicitado formalmente al Gobierno del Brasil, el mismo 11 de marzo de 1994, la detención preventiva con propósito de extradición del indicado reo, al amparo del tratado bilateral de extradición suscrito por los dos países el 25 de febrero de 1938;
  • Que es necesario contratar los servicios de un consorcio jurídico brasileño que asuma la responsabilidad profesional en el referido proceso Judicial, para logar se defina favorablemente la solicitud de extradición formulada por Bolivia;
  • Que se ha optado por una invitación directa a prestigiosos y conocidos consorcios jurídicos del Brasil, por la urgencia emergente de los plazos procesales fatales que previene la legislación brasileña para los casos de extradición, así como por el carácter confidencial y la naturaleza del servicio profesional a prestar;
  • Que no se ha asignado para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto en la formulación del presupuesto general de la nación, un monto para la partida correspondiente a este gasto extraordinario;
  • Que debe aprobarse con carácter de urgencia las medidas necesarias para que el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto cuente con los recursos necesarios, por la importancia que reviste para el país obtener la extradición del indicado reo.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda y Desarrollo Económico efectuar a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, un traspaso interinstitucional hasta la suma de TRESCIENTOS mil 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$.300.000.-), con cargo a las partidas 26200 y 26900, para cubrir los gastos que demanden la contratación de una consultoría jurídica especializada en Brasil, así como los gastos judiciales que demande el referido proceso.

Artículo 2°.- Se autoriza al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto firmar el respectivo contrato de servicios profesionales con la consultora jurídica brasileña del Dr. Antonio Carlos E. Osorio, con residencia en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, por un monto de honorarios hasta DOSCIENTOS mil 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 200.000.-). Se autoriza asimismo al mencionado ministerio disponer hasta CIEN mil 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$.100.000.-), para cubrir los diferentes gastos judiciales que demande el indicado trámite, con cargo de cuenta documentada.


Los señores Ministros de Estado en los despachos de Relaciones Exteriores y Culto y de Hacienda y Desarrollo Económico quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo, sujetándose a los controles establecidos por ley.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte y nueve días del mes de marzo de mil novecientos noventa y cuatro años.
Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Germán Quiroga Gómez, Raúl Tovar Piérola, Carlos Sánchez Berzaín, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Alvaro Cossio, José G. Justiniano Sandóval MIN. DESARROLLO SOSTENIBLE Y MEDIO AMBIENTE Y SUPLENTE DE DESARROLLO HUMANO, Reynaldo Peters Arzabe, Ernesto Machicao Argiró, Alfonso Revollo Thenier.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 23750, 29 de marzo de 1994
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutorízase al Ministerio de Hacienda y Desarrrollo Económico efectuar a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, un traspaso interinstitucional hasta la suma de $us. 300,000 , para cubrir los gastos que demanden la contratación de una consultoría jurídica especializada en Brasil.
KeywordsGaceta 1827, 1994-04-15, Decreto Supremo, marzo/1994
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/17732
Referencias1990a.lexml
CreadorFdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Germán Quiroga Gómez, Raúl Tovar Piérola, Carlos Sánchez Berzaín, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Alvaro Cossio, José G. Justiniano Sandóval MIN. DESARROLLO SOSTENIBLE Y MEDIO AMBIENTE Y SUPLENTE DE DESARROLLO HUMANO, Reynaldo Peters Arzabe, Ernesto Machicao Argiró, Alfonso Revollo Thenier.
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