CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se autoriza al Ministro de Hacienda y Desarrollo Económico o indistintamente al Secretario Nacional de Hacienda, suscribir en representación del Gobierno de Bolivia, el correspondiente contrato de préstamo, con la Corporación Andina de Fomento (CAF), hasta por un monto de SESENTA MILLONES 00/100 DOLARES AMERICANOS, ($us.60.000.000.00) destinados a financiar un Programa de Crédito Multisectorial a ser ejecutado por el Banco Central de Bolivia.
Artículo 2°.- Se autoriza al Secretario Nacional de Hacienda, suscribir el respectivo convenio subsidiario con el Banco Central de Bolivia, para efectivizar el traspaso de fondos del mencionado préstamo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 23711, 14 de enero de 1994 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se autoriza al Ministro de Hacienda y Desarrollo Económico o indistintamente al Secretario Nacional de Hacienda, suscribir el contrato de préstamo con la CAF, hasta un monto de $us. 60,000,000 (Programa de Crédito Multisectorial). | ||||
Keywords | Gaceta 1819, 1994-01-28, Decreto Supremo, enero/1994 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/17678 | ||||
Referencias | 1990a.lexml | ||||
Creador | Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, German Quiroga Gómez, Antonio Céspedes Toro, Carlos Sánchez Berzain, Carlos Morales Guillén, Fernando Illanes de la Riva, Fernando Romero Moreno, José G. Justiniano Sandóval, Reynaldo Peters Arzabe, Herman Antelo Laughlin. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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