CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Autorízase al Instituto Boliviano de Cultura, la salida temporal de las catorce obras de arte detalladas en la lista anexa, que forma parte del texto de este decreto para su exposición exclusivamente, en el Monasterio Benedictino del siglo XVII, dentro el evento denominado “Santiago y América”, que se realiza entre febrero y mayo de 1, 993, en Santiago de Compostela, Coruña España.
Artículo 2°.- La salida y permanencia temporal en el exterior, así como su puntual retorno al país de las obras referidas, serán garantizadas por la póliza de seguro que los organizadores deben presentar antes de su embarque. Las catorce obras de arte permanecerán fuera del país únicamente desde la fecha de este decreto hasta el 15 de julio de 1993 improrrogablemente, bajo la fiscalización y responsabilidad del Instituto Boliviano de Cultura.
Artículo 3°.- Libérase la salida y reingreso al país de las catorce obras de arte del pago de todo gravamen o tributo aduanero, incluidos el 0, 5% por almacenaje y servicios de AADAA y el gravamen aduanero consolidado (GAC).
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 23404, 8 de febrero de 1993 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autorízase al Instituto Boliviano de Cultura, la salida temporal de catorce obras de arte, para su exposición en Santiago de Compostela, Coruña España. | ||||
Keywords | Gaceta 1772, 1993-02-12, Decreto Supremo, febrero/1993 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9993 | ||||
Referencias | 1993.lexml | ||||
Creador | Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Ronald MacLean Abaroa, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Saenz Klinsky, Roberto Peña Rodríguez, Samuel Doria Medina Auza, Pablo Zegarra Arana, Olga Saavedra de Querejazu, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Eusebio Gironda Cabrera, Carlos Dabdoub Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, José Luis Lupo Flores. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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