CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Libérase del pago del gravamen aduanero consolidado (GAC), del 0, 5% tributable a AADAA, del 2% por concepto de almacenaje acumulado y del 6% por levantamiento de abandono, a la importación de equipos y materiales provenientes de la donación francesa, destinados a la construcción del Centro de Capacitación del Gas, con un valor de TRESCIENTOS SETENTA mil novecientos SETENTA 43/100 DOLARES AMERICANOS (US$.370 870.43).
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 23397, 3 de febrero de 1993 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Libérase del pago de impuestos, a la importación de equipos y materiales, destinados a la construcción del Centro de Capacitación del Gas;, con un valor de US$. 370.870.43. | ||||
Keywords | Gaceta 1772, 1993-02-12, Decreto Supremo, febrero/1993 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9986 | ||||
Referencias | 1993.lexml | ||||
Creador | Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Ronald MacLean Abaroa, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Saenz Klinsky, Roberto Peña Rodríguez, Samuel Doria Medina Auza, Pablo Zegarra Arana, Olga Saavedra de Querejazu, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Eusebio Gironda Cabrera, Carlos Dabdoub Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, José Luis Lupo Flores. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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