Bolivia: Decreto Supremo Nº 23354, 10 de diciembre de 1992

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que la localidad de LLipi, provincia Larecaja departamento de La Paz, ha sufridio daños muy graves por un deslizamiento fortuito de tierra, siendo necesario acordar previsiones preparatorias para llevar a cabo, en forma inmediata y eficiente, el salvamento, ciudado y tratamiento de la víctimas de ese desastre;
  • Que es necesario adoptar por el Gobierno de la nación también las medidas pertinentes de emergencia, auxilio, asistencia y cooperación.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Declárase ZONA DE DESASTRE a la provincia Larecaja del departamento de La Paz.

Artículo 2°.- Autorízase a los Ministros de Relaciones Exteriores y Culto, Planeamiento y Coordinación, Defensa Nacional y Energía e Hidrocarburos asi como Fondo de Inversión Social gestionar financiamientos y captar ayudas, para atender a las víctimas de este desastre con alimentos, vituallas, medicamentos y otros necesarios.

Artículo 3°.- Se autoriza al Ministerio de Previsión Social y Salud Pública asi como a la Dirección Nacional de Defensa Civil gestionar y obtener la cooperación internacional para la óptima asistencia médica y sanitaria de la zona de desastre.

Artículo 4°.- La cooperación nacional e internacional que se obtenga, para atención de las urgencias inmediatas de socorro a la población afectada por el desastre, será canalizada mediante la Dirección Nacional de Defensa Civil (Ministerio de Defensa Nacional) y el Fondo de Inversión Social.


Los señores Ministros de Estado en los despachos de Relaciones Exteriores y Culto, Defensa Nacional, Planeamiento y Coordinación, Energía e Hidrocarburos, Previsión Social y Salud Pública asi como el Fondo de Inversión Social quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Ronald MacLean Abaroa, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Saenz Klinsky, Roberto Peña Rodriguez, Samuel Doria Medina Auza, Pablo Zegarra Arana, Olga Saavedra de Querejazu, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Eusebio Gironda Cabrera, Guillermo Cuentas Yañez Min Previsión Social y S. Pública a. i., Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Oscar Daza Márquez Min. Asuntos Urbanos a. i., José Luis Lupo Flores.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 23354, 10 de diciembre de 1992
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDeclárase ZONA DE DESASTRE a la provincia Larecaja del departamento de La Paz.
KeywordsDecreto Supremo, diciembre/1992
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9931
Referencias1993.lexml
CreadorFdo. JAIME PAZ ZAMORA, Ronald MacLean Abaroa, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Saenz Klinsky, Roberto Peña Rodriguez, Samuel Doria Medina Auza, Pablo Zegarra Arana, Olga Saavedra de Querejazu, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Eusebio Gironda Cabrera, Guillermo Cuentas Yañez Min Previsión Social y S. Pública a. i., Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Oscar Daza Márquez Min. Asuntos Urbanos a. i., José Luis Lupo Flores.
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