Bolivia: Decreto Supremo Nº 23339, 1 de diciembre de 1992

LUIS OSSIO SANJINES
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que es objetivo fundamental del Gobierno de la República de Bolivia, incentivar la eficiencia económica de la región y aumentar la competitividad de los sectores productivos mediante la reducción de los costos de transporte entre los centros de producción, centros de consumo y pasos fronterizos hacia el Océano Pacífico;
  • Que el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), ha decidido conceder un préstamo de $us.55.000.000.- con cargo a los Recursos del Capital Ordinario a la República de Bolivia, destinado a cooperar en la ejecución del proyecto de construcciones del proyecto “Corredor Beni-La Paz-Frontera Peruana”.
  • Que es preciso autorizar la suscripción del respectivo Contrato de Préstamo, a objeto de concretar el financiamiento.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Se autoriza al señor Ministro de Planeamiento y Coordinación o indistintamente al Embajador de Bolivia en Estados Unidos de América, suscribir en representación del Gobierno de Bolivia el correspondiente Contrato de Préstamo con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) hasta un monto de CINCUENTA Y CINCO MILLONES DE DOLARES AMERICANOS ($us.55.000.000.-), destinados a financiar parte de la construcción del corredor Beni-La Paz-Frontera Peruana.

Artículo 2°.- Se autoriza al señor Ministro de Finanzas, suscribir en nombre de la República de Bolivia, el respectivo Convenio Subsidiario, con el Servicio Nacional de Caminos, para efectivizar el traspaso de fondos del mencionado préstamo.


Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planeamiento y Coordinación, de Finanzas y de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, el primer día del mes de diciembre de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. LUIS OSSIO SANJINES, Ronald MacLean Abaroa, Carlos A. Saavedra Bruno, Mario Catacora Landívar, Min. Presidencia de la República a. i., Alberto Saenz Klinsky, Roberto Peña Rodriguez, Samuel Doria Medina Auza, Pablo Zegarra Arana, Olga Saavedra de Querejazu, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Eusebio Gironda Cabrera, Carlos Dabdoub Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Oscar Daza Márquez, Min. Asuntos Urbanos a. i., José Luis Lupo.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 23339, 1 de diciembre de 1992
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza suscribir un Contrato de Préstamo con el BÍD de $us. 55.000.000.-, (Beni-La Paz-Frontera Peruana).
KeywordsGaceta 1767, 1993-01-04, Decreto Supremo, diciembre/1992
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9916
Referencias1993.lexml
CreadorFdo. LUIS OSSIO SANJINES, Ronald MacLean Abaroa, Carlos A. Saavedra Bruno, Mario Catacora Landívar, Min. Presidencia de la República a. i., Alberto Saenz Klinsky, Roberto Peña Rodriguez, Samuel Doria Medina Auza, Pablo Zegarra Arana, Olga Saavedra de Querejazu, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Eusebio Gironda Cabrera, Carlos Dabdoub Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Oscar Daza Márquez, Min. Asuntos Urbanos a. i., José Luis Lupo.
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