CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se autoriza al Embajador de Bolivia en los Estados Unidos de America o indistintamente al Ministro de Planeamiento y Coordinación, suscribir en representación del Gobierno de Bolivia el convenio de Crédito y de Proyecto con la Asociación Internacional de Fomento (AIF), hasta un monto de DEG 58.600.000.- (CINCUENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS mil 00/100 DERECHOS ESPECIALES DE GIRO), destinados a financiar el Segundo Proyecto de Mantenimiento de Carreteras.
Artículo 2°.- Autorizase al Ministerio de Finanzas suscribir, en nombre del Estado, con el Servicio Nacional de Caminos el Convenio Subsidiario de Préstamo para efectivizar el traspaso de fondos del crédito mencionado en el articulo anterior.
| Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 23196, 25 de junio de 1992 | ||||
|---|---|---|---|---|---|
| Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
| Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
| Sumario | Se autoriza al Embajador los EE.UU. o al Ministro de Planeamiento y Coordinación suscribir el convenio de Crédito y de proyecto con la AIF, hasta un monto de DEG 58.600.000.- | ||||
| Keywords | Decreto Supremo, junio/1992 | ||||
| Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/10356 | ||||
| Referencias | 1992.lexml | ||||
| Creador | Fdo. LUIS OSSIO SANJINES, Presidente Constitucional Interino de la Republica, Ronald Mac Lean Abaroa, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Saenz Klinksi, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, Marcelo Montero Min. Finanzas a. i., Hedim Céspedes Cossio, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Jaime Vega Quiroga Min. Trabajo y Desarrollo Laboral a. i., Guillermo Cuentas Yañes Min. Previsión Social y Salud Pública a. i., Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Alfonso Saavedra Bruno Min. Energía e Hidrocarburos a. i., Fernando Kieffer Guzmán, Jaime Céspedes Toro. | ||||
| Contribuidor | DeveNet.net | ||||
| Publicador | DeveNet.net | ||||
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