CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Créase la Unidad ejecutiva de Puerto Busch, presidida por el Ministerio de Defensa Nacional y conformada por las instituciones siguientes:
Artículo 2°.- El directorio del Comité Ejecutor del Proyecto Puerto Busch tiene las funciones y atribuciones detalladas a continuación:
Artículo 3°.- Todos los organismos del Estado relacionados con el proyecto, como el Comando General de la Armada Boliviana, Servicio de Hidrografía Naval, Dirección General de Capitanías de Puerto, Servicio Nacional de Metereología e Hidrología, Instituto Geográfico Militar, Servicio Nacional de Aerofotogrametría, Servicio Nacional de Caminos, Comando General de Ingeniería, Empresa Nacional de Ferrocarriles, Instituto Boliviano de Comercio Exterior de Santa Cruz, y otros, coadyuvarán en las labores integrales de implementación del proyecto, facilitando o prestando sus instalaciones, equipo y personal especializado.
Artículo 4°.- Se autoriza a la Unidad ejecutiva, realizar las gestiones necesarias para la obtención de fondos destinados a la ejecución del proyecto.
Artículo 5°.- La supervisión de las obras en sus diferentes etapas de preinversión e inversión, será ejercida por la Unidad ejecutiva que podrá conformar a su vez unidades ejecutoras del proyecto.
Artículo 6°.- La Unidad ejecutiva debe elaborar su estatuto orgánico, en el plazo de treinta (30 días).
Artículo 7°.- Se abroga todas las disposiciones legales contrarias a este decreto supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 23181, 12 de junio de 1992 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Créase la Unidad ejecutiva de Puerto Busch. | ||||
Keywords | Gaceta 1745, 1992-07-20, Decreto Supremo, junio/1992 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/13168 | ||||
Referencias | 1990a.lexml | ||||
Creador | Fdo. LUIS OSSIO SANJINES PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPÚBLICA, Ronald Mac Lean Abaroa, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Saenz Klinksi, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, Jorge Quiroga Ramírez, Hedim Céspedes Cossio, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Jaime Vega Quiroga Min. Trabajo y Desarrollo Laboral a. i., Carlos Dabdoub Arrien, Alvaro Rejas Vlllarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Jaime Céspedes Toro. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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