CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se autoriza al Ministro de Planeamiento y Coordinación o indistintamente al señor Embajador de Bolivia en la República de Francia, suscribir en representación del Gobierno de Bolivia, el correspondiente Protocolo Financiero, con el gobierno de la República Francesa, hasta un monto de siete MILLONES 00/100 DE FRANCOS FRANCESES (FrF 7.000.000.-), destinados a financiar el “Plan Maestro de Transporte Aéreo en Bolivia”.
Artículo 2°.- Se autoriza al Ministro de Finanzas a firmar el respectivo convenio subsidiario con la Administración Autónoma de Servicios Auxiliares para la Navegación Aérea (AASANA), para efectivizar el traspaso de fondos del préstamo mencionado en el artículo primero.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 23137, 7 de mayo de 1992 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se autoriza suscribir el correspondiente Protocolo Financiero, hasta un monto de FrF 7.000.000.-, destinados a financiar el "Plan Maestro de Transporte Aéreo en Bolivia". | ||||
Keywords | Gaceta 1743, 1992-07-06, Decreto Supremo, mayo/1992 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/13123 | ||||
Referencias | 1990a.lexml | ||||
Creador | Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Ronald Mac Lean Abaroa, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Sainz Klinski, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, Jorge Quiroga Ramirez, Hedim Céspedes Cossio, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Oscar Zamora Medinacelli, Carlos Dabdoub Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Jaime Céspedes Toro. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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