CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se crea la Comisión de Evaluación y Control Ambiental, conformada por cuatro funcionarios del Banco Central de Bolivia, dos de la Secretaría del Medio Ambiente, uno de la Liga de Defensa del Medio Ambiente y dos de la Asociación de Bancos.
Artículo 2°.- Los miembros de la indicada Comisión serán nombrados por sus respectivas entidades de origen, lo mismo que sus correspondientes alternos.
Artículo 3°.- El Coordinador de la CECAP será elegido entre sus miembros, por mayoría simple y el término de un año.
Artículo 4°.- La CECAP elaborará su propio reglamento en el plazo de treinta días calendario, después de su instalación.
El Ministro de Estado en el despacho de Planeamiento y Coordinación queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 23057, 12 de febrero de 1992 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se crea la Comisión de Evaluación y Control Ambiental. | ||||
Keywords | Gaceta 1730, 1992-03-27, Decreto Supremo, febrero/1992 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/13032 | ||||
Referencias | 1990a.lexml | ||||
Creador | Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Sainz Klinski, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, David Blanco Zabala, Hedim Céspedes Cossio, Willy Vargas Vacaflor, Leopoldo López Cossio, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Gonzalo Valda Cárdenas, Mauro Bertero Gutiérrez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Mario Rueda Peña. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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