Bolivia: Decreto Supremo Nº 23057, 12 de febrero de 1992

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Congreso Nacional aprobó, mediante Ley Nº 1296 de 27 de noviembre de 1991, el programa de "Crédito Multisectorial" (préstamo BID 629/OC-BO);
  • Que el pertinente contrato de préstamo establece, en su capítulo IV cláusula 4.02, inciso iii, como condición previa al primer desembolso de recursos, que sea conformada la "Comisión de Evaluación y Control Ambiental del programa global de Crédito Multisectorial" (CECAP);
  • Que CECAP debe instalarse en el Banco Central, con representantes de la Secretaría Nacional del Medio Ambiente, la Lig de Defens del Medio Ambiente y la banca comercial, según la cláusula 4.02 numeral iii del citado convenio;
  • Que la CECAP tiene como propósito coadyuvar en la ejecución de proyectos técnica, económica, financiera y ambientalmente factibles.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Se crea la Comisión de Evaluación y Control Ambiental, conformada por cuatro funcionarios del Banco Central de Bolivia, dos de la Secretaría del Medio Ambiente, uno de la Liga de Defensa del Medio Ambiente y dos de la Asociación de Bancos.

Artículo 2°.- Los miembros de la indicada Comisión serán nombrados por sus respectivas entidades de origen, lo mismo que sus correspondientes alternos.

Artículo 3°.- El Coordinador de la CECAP será elegido entre sus miembros, por mayoría simple y el término de un año.

Artículo 4°.- La CECAP elaborará su propio reglamento en el plazo de treinta días calendario, después de su instalación.
El Ministro de Estado en el despacho de Planeamiento y Coordinación queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.


Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de febrero de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Sainz Klinski, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, David Blanco Zabala, Hedim Céspedes Cossio, Willy Vargas Vacaflor, Leopoldo López Cossio, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Gonzalo Valda Cárdenas, Mauro Bertero Gutiérrez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Mario Rueda Peña.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 23057, 12 de febrero de 1992
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe crea la Comisión de Evaluación y Control Ambiental.
KeywordsGaceta 1730, 1992-03-27, Decreto Supremo, febrero/1992
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/13032
Referencias1990a.lexml
CreadorFdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Sainz Klinski, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, David Blanco Zabala, Hedim Céspedes Cossio, Willy Vargas Vacaflor, Leopoldo López Cossio, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Gonzalo Valda Cárdenas, Mauro Bertero Gutiérrez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Mario Rueda Peña.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1296] Bolivia: Ley Nº 1296, 27 de noviembre de 1991
Contrato con el BID. Apruébanse el Préstamo suscritos en Washington el 20 de septiembre de 1991, por $us. 60 millones destinados a financiar el Programa del Sector Financiero y Promoción de la Inversión Privada y por $us. 80 millones para financiar el Programa de Crédito Multisectorial

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