CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- DISUELVESE la Administración Regional para Obras Sanitarias (AROS-TARIJA) sustituyéndose en su lugar por la Cooperativa de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Tarija (COSAALT) creada por resolución 03181 de 27 de noviembre de 1986 del Instituto Nacional de Cooperativas, para cuyo efecto el Ministerio de Asuntos Urbanos designará una comisión liquidadora que adopte las previsiones de evaluación de su patrimonio, registros, inventarios y demás recaudos legales.
Artículo 2°.- Los activos financieros y deuda interna se transfieren a COSAALT, incluyendo las responsabilidades, compromisos y obligaciones adquiridos por AROS-TARIJA tanto con entidades o instituciones locales u organismos de crédito externo, previa inventariación que se practicará con participación de los Ministerios de asuntos Urbanos, Finanzas, Alcaldía Municipal de Tarija y CODETAR.
Artículo 3°.- El Ministerio de Asuntos Urbanos efectuará el seguimiento y control del manejo técnico de COSAALT, en coordinación con la H. Alcaldía Municipal de Tarija.
Artículo 4°.- La Cooperativa de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Tarija, garantizará la ininterrumpida operación y funcionamiento de los servicios públicos para la dotación de agua potable y alcantarillado en favor de la ciudad de tarija, bajo la supervisión técnica, del Ministerio de Asuntos Urbanos a través de la Dirección Nacional de Infraestructura Urbana y la H. Alcaldía Municipal de Tarija.
Artículo 5°.- Se abrogan el Decreto Supremo Nº 12561 de 5 de junio de 1975 y todas las normas contrarias al presente decreto.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 22948, 17 de octubre de 1991 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | DISUELVESE la Administración Regional para Obras Sanitarias (AROS-TARIJA) sustituyéndose en su lugar por la Cooperativa de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Tarija (COSAALT) creada por resolución 03181 de 27 de noviembre de 1986 del Instituto Nacional de Cooperativas, para cuyo efecto el Ministerio de Asuntos Urbanos designará una comisión liquidadora que adopte las previsiones de evaluación de su patrimonio, registros, inventarios y demás recaudos legales. | ||||
Keywords | Gaceta 1719, 1991-12-20, Decreto Supremo, octubre/1991 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9701 | ||||
Referencias | 1990a.lexml | ||||
Creador | Fdo. LUIS OSSIO SANJINES PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPÚBLICA, Marcelo Pérez Monasterios Min. RR. EE. y Culto a. i., Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Sainz Klinski, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, Helga Salinas Campana Min. Finanzas a. i., Abigail Pérez Medrano Min. Educación y Cultura a. i., Willy Vargas Vacaflor, Leopoldo López Cossio, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Gonzalo Valda Cárdenas, Mauro Bertero Gutiérrez, Alejandro Nowotny Vera Min. Energía e Hidrocarburos a. i., Fernando Kieffer Guzmán, Mario Rueda Peña. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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