CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Declárase PARQUE REGIONAL LOMAS DE ARENA una superficie aproximada de 13.326.60 Has, ubicadas en la provincia Andrés Ibáñez del departamento de Santa Cruz, a una distancia de 12 kilometros al lado sur de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, y cuyas coordenadas principales son las siguientes:
17 53 36 -18 01 36 Latitud Sur
63 05 06 -63 12 06 Latitud Oeste
Artículo 2°.- Queda terminantemente prohibido dentro de los limites descritos en el artículo anterior, la dotación de tierras, extracción de arena, la destrucción de la vegetación a través de chaqueos y desbosques, la caza y pesca comercial, deportiva y toda la actividad que atente contra la conservación del Parque, sujeta a las penalidades establecidas por Ley.
Los propietarios y asentados dentro de la área del Parque, se someterán a los reglamentos y plan de manejo del parque.
Artículo 3°.- El PARQUE REGIONAL LOMAS DE ARENA, estará bajo la tuición del Centro de Desarrollo Forestal del departamento de Santa Cruz, quien constituirá un Directorio encargado de su implementación, manejo, administración y ciudado, integrado por instituciones civiles, académicas y culturales.
Artículo 4°.- El Directorio del Parque queda encargado de planificar y llevar a efecto los estudios necesarios para su implementación, así como facultado para obtener las ayudas necesarias de organismos nacionales e internacionales para el logro de los objetivos y el mejor desarrollo del Parque.
Artículo 5°.- El presupuesto para la administración y manejo del Parque Regional Lomas de Arena dependerá del Centro de Desarrollo Forestal de Santa Cruz, debiendo éste consignar la partida presupuestaria correspondiente, asi como de organismos nacionales e internacionales de cooperación.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 22911, 25 de octubre de 1991 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Declárase PARQUE REGIONAL LOMAS DE ARENA una superficie aproximada de 13.326.60 Has, ubicadas en la provincia Andrés Ibáñez del departamento de Santa Cruz de la Sierra, y cuyas coordenadas principales son las siguientes: | ||||
Keywords | Gaceta 1711, 1991-10-28, Decreto Supremo, octubre/1991 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9624 | ||||
Referencias | 1991.lexml | ||||
Creador | Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Sainz Klinski, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, David Blanco Zabala, Edim Céspedes Cossio, Willy Vargas Vacaflor, Leopoldo López Cossio, Oscar Zamora Medinacelli, Guillermo Cuentas Yañez, Min. Previsión Social y Salud Pública a. i., Gonzalo Valda Cárdenas, Oswaldo Antezana Vaca Diez Min. Asuntos Campesinos y Agropecuarios a. i., Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Mario Rueda Peña. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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