Bolivia: Decreto Supremo Nº 22765, 1 de abril de 1991

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que es objetivo prioritario del Gobierno nacional mejorar las condiciones de salud y educación de la población con recursos más bajos;
  • Que los países miembros de la Organización de Países Exportadores de Petróleo, OPEP, han acordado conceder un crédito de tres millones de dólares americanos en favor de la República de Bolivia, destinado a financiar proyectos de salud y educación;
  • Que es preciso autorizar la suscripción del respectivo convenio de crédito, a fin de concretar el mencionado financiamiento.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Se autoriza al Embajador boliviano en Austria suscribir, en representación del Gobierno de la República de Bolivia, el correspondiente convenio de crédito con la Organización de Países Exportadores de Petróleo, OPEP, por el monto de TRES MILLONES 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$.3.000.000.00), con destino a financiar proyectos así como programas de salud y educación.


Los señores Ministros de Estado en los despachos de Planeamiento y Coordinación, Finanzas así como Relaciones Exteriores y Culto quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, el primer día del mes de abril de mil novecientos noventa y un años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Mario Rueda Peña.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 22765, 1 de abril de 1991
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza al Embajador boliviano en Austria suscribir, en representación del Gobierno de la República de Bolivia, el correspondiente convenio de crédito con la Organización de Países Exportadores de Petróleo, OPEP, por el monto de TRES MILLONES 00/100 DÓLARES AMERICANOS
KeywordsGaceta 1686, 1991-04-15, Decreto Supremo, abril/1991
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/8916
Referencias1991.lexml
CreadorFdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Mario Rueda Peña.
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