CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Declárase de necesidad y utilidad pública la expropiación de terrenos hasta una extensión de sesenta metros a cada lado del eje de la carretera Padcaya Bermejo, así como todas las fuentes próximas de materiales aprovechables necesarios, de conformidad con los planos preparados por el Servicio Nacional de Caminos, consolidándose en su favor el derecho de vía en toda la carretera y fuentes de materiales.
Artículo 2°.- El importe justipreciado de la plus valía que los propietarios adquieran con la construcción será descontado de sus indemnizaciones, excepto de los terrenos cuyas superficies sean expropiadas totalmente así como los precios de las construcciones afectadas, que serán pagados con sujeción a ley, a cuyo fin el Ministerio de Finanzas proveerá los fondos necesarios a la Prefectura de Tarija.
Artículo 3°.- Se encarga a la Prefectura de Tarija los trámites pertinentes de expropiación, de acuerdo con la ley de 30 de diciembre de 1.884.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 22651, 13 de noviembre de 1990 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Declárase de necesidad y utilidad pública la expropiación de terrenos hasta una extensión de sesenta metros a cada lado del eje de la carretera Padcaya Bermejo, así como todas las fuentes próximas de materiales aprovechables necesarios, de conformidad con los pianos preparados por el Servicio Nacional de Caminos, consolidándose en su favor el derecho de vía en toda la carretera y fuentes de materiales. | ||||
Keywords | Gaceta 1672, 1990-12-03, Decreto Supremo, noviembre/1990 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9608 | ||||
Referencias | 1990a.lexml | ||||
Creador | |||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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