Bolivia: Decreto Supremo Nº 22465, 23 de marzo de 1990

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que es objetivo prioritario del Gobierno nacional apoyar la reactivación económica del país, mediante la recuperación del sector minero en general y la rehabilitación financiera de la Corporación Minera de Bolivia, en particular;
  • Que el Banco Interamericano de Desarrollo, BID, ha acordado con resolución DE-151/89 conceder un préstamo hasta US$.18.000.000.- a la República de Bolivia destinado a financiar el “Proyecto de reactivación de la Corporación Minera de Bolivia”;
  • Que es preciso autorizar la firma del respectivo contrato de préstamo, a fin de concretar tal financiamiento.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Se autoriza al Ministro de Planeamiento y Coordinación, o indistintamente al Embajador boliviano en los Estados Unidos de América, suscribir en nombre de la República de Bolivia, el correspondiente contrato con el Banco Interamericano de Desarrollo concerniente al préstamo 832/SF-BO, hasta el monto de dieciocho MILLONES 00/100 DOLARES AMERICANOS (USS.18.000.000.-), destinado a financiar el “Proyecto de reactivación de la Corporación Minera de Bolivia”.

Artículo 2°.- Autorízase al Ministerio de Finanzas, traspasar los recursos provenientes del préstamo a la Corporación Minera de Bolivia, mediante el respectivo convenio subsidiario, en las condiciones que se menciona en la cláusula 4.02 (a) (i) capítulo IV del contrato de préstamo mencionado en el artículo 1.


Los señores Ministros de Estado en los despachos de Relaciones Exteriores y Culto, Planeamiento y Coordinación, Finanzas y Minería y Metalurgia quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de marzo de mil novecientos noventa años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Guillermo Capobianco Ribera, Gustavo Fernández Saavedra, Héctor Ormachea Peñaranda, David Blanco Zabala, Enrique García Rodríguez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Manfredo Kempff Suárez, Luís Gonzáles Quintanilla, Guillermo Fortún Suárez.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 22465, 23 de marzo de 1990
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza al Ministro de Planeamiento y Coordinación, o indistintamente al Embajador boliviano en los Estados Unidos de América, suscribir en nombre de la República de Bolivia, el correspondiente contrato con el Banco Interamericano de Desarrollo concerniente al préstamo 832/SF-BO, hasta el monto de DIEZ Y OCHO MILLONES 00/100 DOLARES AMERICANOS
KeywordsGaceta 1641, 1990-04-02, Decreto Supremo, marzo/1990
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/8655
Referencias1990.lexml
CreadorFdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Guillermo Capobianco Ribera, Gustavo Fernández Saavedra, Héctor Ormachea Peñaranda, David Blanco Zabala, Enrique García Rodríguez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Manfredo Kempff Suárez, Luís Gonzáles Quintanilla, Guillermo Fortún Suárez.
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