CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Declárase a 1990 como “AÑO DEL NIÑO BOLIVIANO”.
Artículo 2°.- Encomiéndase al Ministerio de Informaciones incentivar, a través de los medios de comunicación escritos, radiales y televisivos, programas destinados a generar corrientes de opinión pública favorables a los derechos y la promoción del desarrollo integral del Niño Boliviano.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 22459, 14 de marzo de 1990 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Declárase a 1990 como "Año del Niño Boliviano". | ||||
Keywords | Gaceta 1641, 1990-04-02, Decreto Supremo, marzo/1990 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/8649 | ||||
Referencias | 1990.lexml | ||||
Creador | Fdo. LUIS OSSIO SANJINES PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPUBLICA, Carlos Iturralde Ballivián, Guillermo Capobianco Ribera, Gustavo Fernández Saavedra, Héctor Ormachea Peñaranda, David Blanco Zabala, Enrique García Rodríguez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Léa Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Manfredo Kempff Suárez, Luís Gonzáles Quintanilla, Guillermo Fortún Suárez. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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