Bolivia: Decreto Supremo Nº 22441, 21 de febrero de 1990

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que es objetivo fundamental del Gobierno de la República mejorar los servicios de salud básica de la población boliviana, especialmente los concernientes a la salud materno infantil;
  • Que la Asociación Internacional de Fomento, AIF, ha aprobado conceder un crédito hasta DEG 15.700.000.- a la - República de Bolivia, destinado a financiar el “Proyecto de Desarrollo Integrado de Servicios de Salud”.
  • Que es necesario autorizar mediante decreto la suscripción del respectivo convenio de crédito, a objeto de concretar el referido financiamiento.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Se autoriza al Embajador de Bolivia en los Estados Unidos de América, suscribir en representación del Gobierno de Bolivia el correspondiente convenio de crédito con la Asociación Internacional de Fomento, AIF, hasta un monto de QUINCE MILLONES novecientos mil 00/100 DERECHOS ESPECIALES DE GIRO (DEG 15.700.000.-), con destino a financiar el “Proyecto de Desarrollo Integrado de Servicios de Salud”.

Artículo 2°.- Se designa al Ministro de Previsión Social y Salud Pública, en su calidad de cabeza del sector, ENCARGADO de llevar a cabo la ejecución del “Proyecto de Desarrollo Integrado de Servicios de Salud”, tal como se especifica en el convenio de crédito.


Los Señores Ministros de Estado en los despachos de Relaciones Exteriores y Culto, Previsión Social y Salud Pública y Planeamiento y Coordinación quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de febrero de mil novecientos noventa años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Jorge Soruco V. Min. Relaciones Exteriores y Culto a. i., Guillermo Capobianco Ribera, Gustavo Fernández Saavedra, Héctor Ormachea Peñaranda, David Blanco Zabala, Jorge Urquidi Barrau Min. Planeamiento y Coordinación a. i., Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Guillermo Cuentas Yáñez Min. Previsión Social y S. P. a. i., Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Manfredo Kempff Suárez, Luís Gonzáles Quintanilla, Guillermo Fortún Suárez.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 22441, 21 de febrero de 1990
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza al Embajador de Bolivia en los Estados Unidos de América, suscribir en representación del Gobierno de Bolivia el correspondiente convenio de crédito con la Asociación Internacional de Fomento, AIF, hasta un monto de QUINCE MILLONES SETECIENTOS MIL 00/100 DERECHOS ESPECIALES DE GIRO
KeywordsGaceta 1639, 1990-03-19, Decreto Supremo, febrero/1990
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/8627
Referencias1990.lexml
CreadorFdo. JAIME PAZ ZAMORA, Jorge Soruco V. Min. Relaciones Exteriores y Culto a. i., Guillermo Capobianco Ribera, Gustavo Fernández Saavedra, Héctor Ormachea Peñaranda, David Blanco Zabala, Jorge Urquidi Barrau Min. Planeamiento y Coordinación a. i., Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Guillermo Cuentas Yáñez Min. Previsión Social y S. P. a. i., Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Manfredo Kempff Suárez, Luís Gonzáles Quintanilla, Guillermo Fortún Suárez.
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