Bolivia: Decreto Supremo Nº 22400, 4 de enero de 1990

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que, la reforma monetaria establecida por Ley Nº 901 de 28 de noviembre de 1986, dispuso la creación del “Boliviano” en reemplazo del “Peso Boliviano”. A su vez determinó que los billetes y monedas denominadas en pesos bolivianos deberían haber sido canjeados por “Bolivianos” hasta el 31 - XII - 87.
  • Que, por Ley Nº 956 de 5 de noviembre de 1987 y Ley Nº 1033 de 28 de noviembre de 1988, se amplió el término de vigencia hasta el 31-XII- 89 para el canje de pesos bolivianos y cheques de gerencia por bolivianos.
  • Que existe una cantidad menor de cheques de gerencia y pesos bolivianos en poder del público, especialmente de zonas alejadas del país.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Con cargo de aprobación legislativa, autorízase al Banco Central de Bolivia efectuar el canje de cheques de gerencia y pesos bolivianos que hubieren aún quedado en poder del público en las áreas rurales, hasta el 31 de enero de 1990. El canje deberá efectuarse en las oficinas del Banco Central de Bolivia y de los corresponsales que establezca sin que represente ampliar la vigencia de su poder liberatório.


El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de enero de mil novecientos noventa.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Guillermo Capobianco Ribera, Gustavo Fernández Saavedra, Héctor Ormachea Peñaranda, David Blanco Zabala, Enrique García Rodriguez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Walter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Manfredo Kempff Suárez, Luís Gonzáles Quintanilla, Guillermo Fortún Suárez.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 22400, 4 de enero de 1990
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCon cargo de aprobación legislativa, autorízase al Banco Central de Bolivia efectuar el canje de cheques de gerencia y pesos bolivianos que hubieren aún quedado en poder del público en las áreas rurales, hasta el 31 de enero de 1990
KeywordsGaceta 1632, 1990-01-12, Decreto Supremo, enero/1990
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/8562
Referencias1990.lexml
CreadorFdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Guillermo Capobianco Ribera, Gustavo Fernández Saavedra, Héctor Ormachea Peñaranda, David Blanco Zabala, Enrique García Rodriguez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Walter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Manfredo Kempff Suárez, Luís Gonzáles Quintanilla, Guillermo Fortún Suárez.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-901] Bolivia: Ley Nº 901, 28 de noviembre de 1986
Unidad monetaria. Se crea el boliviano
[BO-L-956] Bolivia: Ley Nº 956, 5 de noviembre de 1987
se amplía el término de vigencia establecido en el artículo décimo de la ley 901, para el canje de la moneda antigua, pesos bolivianos y cheques de gerencia, por la nueva moneda el boliviano, por el banco central de bolivia, hasta el 31 de diciembre de 19
[BO-L-1033] Bolivia: Ley Nº 1033, 28 de noviembre de 1988
Moneda. Amplíase el termino para el canje del peso boliviano por la nueva moneda boliviano
[BO-L-N901] Bolivia: Ley Nº 901, 13 de febrero de 2017
13 DE FEBRERO DE 2017.- Aprueba el Contrato de Préstamo N° BOL-28/2016 suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata – FONPLATA, en fecha 18 de diciembre de 2016, por la suma de hasta $us10.000.000.-, para el financiamiento del Programa “Cosechando Agua - Sembrando Luz”.
[BO-L-N956] Bolivia: Ley Nº 956, 14 de junio de 2017
09 DE JUNIO DE 2017.- Aprueba el Acuerdo de Préstamo N° 12601P, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Fondo OPEC para el Desarrollo Internacional - OFID, en fecha 21 de abril de 2017, por un monto de hasta $us61.000.000, para cofinanciar el “Programa de Presas”.

Referencias a esta norma

[BO-DS-22524] Bolivia: Decreto Supremo Nº 22524, 5 de junio de 1990
Autorízase al Banco Central de Bolivia, incinerar por administración directa el saldo total del material en desuso del peso boliviano existente en sus depósitos y en los del Banco del Estado, en todo el país

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