Bolivia: Decreto Supremo Nº 22368, 16 de noviembre de 1989

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que una de las prioridades del Programa de Gobierno de Unidad Nacional es el incremento y mejoramiento de las comunicaciones viales de la República, a fin de que el país cuente con la infraestructura indispensable para el progreso efectivo de la economía nacional;
  • Que dentro de este Programa se impone la necesidad de adoptar las medidas correspondientes para declarar la prioridad nacional de las carreteras y caminos en el departamento del Beni.
  • Que si bien el país no cuenta con los recursos suficientes para realizar los proyectos camineros en el departamento del Beni, que son de prioridad y gran importancia nacional, empero se pueden contratar financiamientos externos que posibiliten la concreción de dichos proyectos lo que se justifica plenamente dada la importancia estratégica, integradora y geopolítica de la red vial del oriente boliviano que se complementa con los otros distritos y regiones del país.
  • Que la producción Agropecuaria es otra de las prioridades del Programa de Gobierno, la misma que no podrá cumplirse si no existen las vías de comunicación entre los centros de producción y los mercados nacionales y del exterior.
  • Que varios de los proyectos camineros en el departamento del Beni se encuentran en plena ejecución, siendo indispensable dictar medidas que aseguren su conclusión en condiciones que satisfagan los requerimientos no sólo de esa región sino de todo el país.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Se declara de Prioridad Nacional la Red Vial del departamento del Beni; para lo cual se autoriza a los Ministerios de Transportes y Comunicaciones y de Planeamiento y Coordinación formalizar la solicitud de financiamiento ante el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para la ejecución de los siguientes tramos camineros:

Cotapata - Santa Bárbara
Yucumo - San Borja
San Borja- Trinidad
Los mismos que forman parte de la carretera La Paz - Trinidad.

Artículo 2°.- Los Ministerios de Transportes y Comunicaciones y de Relaciones Exteriores y Culto deberán incluir en la Agenda de Discusión Bilateral con la República del Brasil los siguientes proyectos:

Asfaltado de la carretera Guayaramerín - Riberalta.
Estudios e ingenieria del camino Guayaramerin - Puerto Siles - Trinidad.

Artículo 3°.- Los Ministros de Finanzas y de Planeamiento y Coordinación consignarán en los presupuestos de 1990, 1991 y 1992 la suma de Sus.5.000.000 (CINCO MILLONES DE DOLARES AMERICANOS) por año para la contra parte nacional del Proyecto carretero Santa Cruz - Trinidad, fondos que serán financiados con recursos a ser otorgados por el Programa Extraordinario de Apoyo Económico de USAID Bolivia al Tesoro General de la Nación.

Artículo 4°.- La Dirección de Pre Inversión del Ministerio de Planeamiento y Coordinación dentro de la Nueva Asignación de Recursos de Pre - Inversión hecha por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) incorporará la suma de $us.600.000 (SEISCIENTOS mil DOLARES AMERICANOS) para la ejecución de los estudios de diseño final del Proyecto caminero Puerto Patiño - Trinidad.

Artículo 5°.- El Servicio Nacional de Caminos, dependiente del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se encargará de la implementación y ejecución de un programa de mantenimiento de la Red Vial del Departamento del Beni.


Los señores Ministros de Relaciones Exteriores y Culto, de Transportes y Comunicaciones, Finanzas y de Planeamiento y Coordinación quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciséis días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y nueve años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Javier Murillo de la Rocha Min. RR. EE. y Culto a. i., Guillermo Capobianco Ribera, Gustavo Fernández Saavedra, Hector Ormachea Peñaranda, David Blanco Zabala, Enrique García Rodriguez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Oscar Zamora Medinacelli, Gonzalo Méndez Gutiérrez Min. Industria, Comercio y Turismo a. i., Mario Paz Zamora, Walter Soriano Lea Plaza, Osvaldo Antezana Vaca diez AA. CC. y Agropecuarios a. i., Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Manfredo Kempff Suárez, Luis Gonzales Quintanilla, Guillermo Fortún Suárez.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 22368, 16 de noviembre de 1989
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe declara de Prioridad Nacional la Red Vial del departamento del Beni; para lo cual se autoriza a los Ministerios de Transportes y Comunicaciones y de Planeamiento y Coordinación formalizar la solicitud de financiamiento ante el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
KeywordsGaceta 1625, 1989-12-01, Decreto Supremo, noviembre/1989
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9853
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1625 - Publicado el: 1989-12-01, 1989.lexml
CreadorFdo. JAIME PAZ ZAMORA, Javier Murillo de la Rocha Min. RR. EE. y Culto a. i., Guillermo Capobianco Ribera, Gustavo Fernández Saavedra, Hector Ormachea Peñaranda, David Blanco Zabala, Enrique García Rodriguez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Oscar Zamora Medinacelli, Gonzalo Méndez Gutiérrez Min. Industria, Comercio y Turismo a. i., Mario Paz Zamora, Walter Soriano Lea Plaza, Osvaldo Antezana Vaca diez AA. CC. y Agropecuarios a. i., Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Manfredo Kempff Suárez, Luis Gonzales Quintanilla, Guillermo Fortún Suárez.
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