Bolivia: Decreto Supremo Nº 22365, 16 de noviembre de 1989

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que es deber del Estado apoyar a las Corporaciones de Desarrollo en la implementación y ejecución de proyectos específicos que redunden en beneficio de sus regiones.
  • Que en fecha 8 de septiembre de 1989 el Supremo Gobierno de la Nación firmó un convenio con la Corporación Regional de Desarrollo de Beni (CORDEBENI), para la elaboración de tres proyectos a nivel de factibilidad, declarados de prioridad por el Ministerio de Asuntos Urbanos, de acuerdo al siguiente detalle: Proyecto Final de Disposición de Desechos Sólidos, para la ciudad de Trinidad. Proyecto de Diseño Final para Agua Potable, Alcantarillado y Drenaje Fluvial para las Capitales de Provincia de: Santa Ana, Magdalena, Reyes, San Joaquín y San Ramón. Actualización del Plan Regulador de la ciudad de Trinidad.
  • Que a la fecha “CORDEBENI” ha presentado ya los perfiles de proyectos al Consejo Nacional de Planificación (CONEPLAN), para su evaluación y aprobación.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Encomiéndase a CONEPLAN la aprobación y canalización de los recursos necesarios para la ejecución de los diseños finales de los indicados proyectos presentados por CORDEBENI.


Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planeamiento y Coordinación, de Finanzas y de Asuntos Urbanos quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciséis días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y nueve años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Javier Murillo de la Rocha Min. RR. EE. y Culto a. i., Guillermo Capobianco Ribera, Gustavo Fernández Saavedra, Hector Ormachea Peñaranda, David Blanco Zabala, Enrique García Rodriguez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Oscar Zamora Medinacelli, Gonzalo Méndez Gutiérrez Min. Industria, Comercio y Turismo a. i., Mario Paz Zamora, Walter Soriano Lea Plaza, Osvaldo Antezana Vaca Diez Min. AA. CC. y Agropecuarios a. i., Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Manfredo Kempff Suárez, Luis Gonzales Quintanilla, Guillermo Fortún Suárez.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 22365, 16 de noviembre de 1989
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioEncomiéndase a CONEPLAN la aprobación y canalización de los recursos necesarios para la ejecución de los diseños finales de los indicados proyectos presentados por CORDEBENI.
KeywordsGaceta 1625, 1989-12-01, Decreto Supremo, noviembre/1989
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9850
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1625 - Publicado el: 1989-12-01, 1989.lexml
CreadorFdo. JAIME PAZ ZAMORA, Javier Murillo de la Rocha Min. RR. EE. y Culto a. i., Guillermo Capobianco Ribera, Gustavo Fernández Saavedra, Hector Ormachea Peñaranda, David Blanco Zabala, Enrique García Rodriguez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Oscar Zamora Medinacelli, Gonzalo Méndez Gutiérrez Min. Industria, Comercio y Turismo a. i., Mario Paz Zamora, Walter Soriano Lea Plaza, Osvaldo Antezana Vaca Diez Min. AA. CC. y Agropecuarios a. i., Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Manfredo Kempff Suárez, Luis Gonzales Quintanilla, Guillermo Fortún Suárez.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Referencias a esta norma

[BO-L-1216] Bolivia: Ley Nº 1216, 18 de diciembre de 1990
Elévase a rango de Ley el Decreto Supremo 22365 aprobado el 16 de noviembre de 1989 años

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.