Bolivia: Decreto Supremo Nº 19393, 31 de enero de 1983

DECRETO SUPREMO N°19393
DR. HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que mediante Decreto Supremo No 19344 de 16 de diciembre de 1982 y decreto supremo No 19350 de 22 de diciembre de 1982, se ha autorizado al Ministerio de Defensa Nacional la adquisición de cuatro mil toneladas métricas de harina de trigo de procedencia argentina y de 2.000 toneladas métricas de arroz de la misma procedencia, con el objeto de satisfacer las urgentes necesidades de las Fuerzas Armadas.
  • Que es necesario disponer la liberación de impuestos y gravámenes a las indicadas importaciones.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Autorízase al Ministerio de Finanzas, conceder en favor del Ministerio de Defensa Nacional, la liberación de derechos y gravámenes arancelarios y otros de carácter nacional, departamental y municipal, a la importación de harina de trigo y arroz aprobados mediante Decretos Supremos Nos.19344 y 19350 de 16 y 22 de diciembre de 1982, con excepción de los señalados en el artículo 3o del decreto supremo No 17184 de 18 de enero de 1980.


Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Defensa Nacional y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de enero de mil novecientos ochenta y tres años.
Fdo. DR. HERNAN SILES ZUAZO, Mario Velarde Dorado, Mario Roncal Antezana, Arturo Núñez del Prado, Hernando Poppe Martínez, Roberto Arnez Villarroel, Javier Lupo Gamarra, Javier Torres Goitia, Carlos Barragan Vargas, Zenón Barrientos Mamani, Jorge Medina Pinedo, Jaime Ponce García, Horacio Tórres Guzmán, Mario Rueda Peña, Jorge González Roda, Oscar Villa Urioste.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 19393, 31 de enero de 1983
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutorízase al Min. Finanzas, conceder en favor del Min. Defensa, la liberación de impuestos a la importación de harina de trigo y arroz, aprobados mediante DD.SS. — Nos. 19344 y 19350.
KeywordsGaceta 1313, Decreto Supremo, enero/1983
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/11118
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1313, 201307b.lexml
CreadorFdo. DR. HERNAN SILES ZUAZO, Mario Velarde Dorado, Mario Roncal Antezana, Arturo Núñez del Prado, Hernando Poppe Martínez, Roberto Arnez Villarroel, Javier Lupo Gamarra, Javier Torres Goitia, Carlos Barragan Vargas, Zenón Barrientos Mamani, Jorge Medina Pinedo, Jaime Ponce García, Horacio Tórres Guzmán, Mario Rueda Peña, Jorge González Roda, Oscar Villa Urioste.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos


Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.