Considerando:

  • Que por D.S. de 17 de marzo de 1938, se ha fijado la población Las Piedras como capital de la provincia Heath, denominada posteriormente Provincia Iturralde;
  • Que, por ley de 24 de septiembre del mismo años, dicha poblacíon fue incluida dentro de la jurisdicción territorial del Departamento de Pando, como capital de la Provincia Madre de Dios;
  • Que, en consecuencia. es urgente la nueva capital de la provincia Iturralde, para proceder a la organización del los servicios públicos que necesita;

Por tanto, en Consejo de Ministros y cargo de aprobación legislativa; Decreta:

Artículo Único.- Fíjase el puerto de San Buenaventura como capital de la provincia Iturralde, del Departamento de La Paz.


El señor Ministro de Gobierno, Justicia y Propaganda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto
Dado en la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de abril de 1939 años.
Tcnl. G. Busch. -V. Leitón . -E. Diez de Medina. - C. Salinas A. -D. Foianini. - W Mendéz. -B. Navajas Trigo. - Mollinedo . - .F. M. Rivera. - S. Schultze -L. Herrero.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo de 3 de abril de 1939
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCAPITAL DE ITURRALDE. - Fíjase el Puerto de San Buenaventura.
KeywordsDecreto Supremo, abril/1939
Origenhttps://www.lexivox.org/norms/BO-DS-19390403.html
Referencias1825-1960.lexml
CreadorTcnl. G. Busch. -V. Leitón . -E. Diez de Medina. - C. Salinas A. -D. Foianini. - W Mendéz. -B. Navajas Trigo. - Mollinedo . - .F. M. Rivera. - S. Schultze -L. Herrero.
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