CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se autoriza la importación de arroz que estará sujeto a Licencia Previa otorgada por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo de acuerdo con la legislación vigente hasta un máximo de tres mil quinientas toneladas métricas a nivel nacional.
Artículo 2°.- Se faculta a la Empresa Nacional del Arroz a controlar o participar en la comercialización del producto destinado al mercado interno a fin de evitar posibles intentos especulativos y distribuir el cereal de acuerdo a los requerimientos reales del consumo.
Artículo 3°.- El total a importarse queda liberado del pago de los derechos arancelarios, tasa retributiva y acumulativa de servicios prestados, uso de timbres sobre el monto liberado, 5% pro-Corporaciones de Desarrollo, timbres y tasas de legalización consular, 0,5% correspondiente a AADAA, impuestos de Renta Interna y Municipal y cualquier otra carga o tasa impositiva.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 19387, 31 de enero de 1983 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se autoriza la importación de arroz que estará sujeto a Licencia Previa otorgada por el Ministerio de Industria de acuerdo con la legislación vigente hasta un máximo de tres mil quinientas toneladas métricas a nivel nacional. | ||||
Keywords | Gaceta 1313, Decreto Supremo, enero/1983 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/11113 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1313, 201307b.lexml | ||||
Creador | Fdo. DR. HERNAN SILES ZUAZO, Mario Velarde Dorado, Mario Roncal Antezana, José Ortíz Mercado, Arturo Núñez del Prado, Ernesto Aranibar Quiroga, Alfonso Camacho Peña, Hernando Poppe Martínez, Jorge Crespo Velasco, Roberto Arnez Villarroel, Mario Argandoña Yañez, Carlos Barragán Vargas, Zenón Barrientos Mamani, Jorge O Connor D Arlach, Jaime Ponce García, Oscar Villa Urioste, Horacio Tórres Guzmán, Hormando Vaca Diez, Jorge Gonzales Roda. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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