CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Con carácter de excepción y solo para la ejecución de la primera fase de Programa de dotación de viviendas, autorízase a la Corporación Minera de Bolivia para adquirir hasta 500 casas prefabricadas, de distintos tipos y materiales componente, sin la formalidad de la Licitación Pública, debiendo proceder a la selección entre las firmas que presentaron ofertas directas y que merezcan la mejor calificación de condiciones técnicas, económicas, de financiamiento y de solvencia y seriedad, conforme al sistema de puntaje y calificación acordado con los asesores de Corporación Andina de Fomento.
Artículo 2°.- Facultase y se responsabiliza a la Junta de Adquisición y al Directorio de la Corporación Minera de Bolivia para adjudicar el suministro de estas 500 viviendas y las firmas proponentes mejor calificadas según los cuadros comparativos é informes técnicos que las respalden, debiendo exigir a las firmas favorecidas el cumplimiento de todas las formalidades legales y garantías.
Artículo 3°.- La segunda y tercera fase del programa de viviendas se procesarán por Licitación Pública de conformidad con el reglamento de adquisiciones de la Corporación Minera de Bolivia.
Artículo 4°.- La importación de las casas prefabricadas previstas en la primera fase y las que se hallan contempladas en la segunda y tercera fase así como los materiales, piezas accesorios, equipos y herramientas para su construcción y montaje, queda liberada de todos los impuestos nacionales, departamentales y universitarios, derechos arancelarios, adicional, tasa retributiva recargo adicional, con la sola excepción de la tasa de servicios prestados que se pagarán por un sólo mes comercial.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 14103, 8 de noviembre de 1976 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autorízase con carácter de excepción a COMIBOL la adquisición hasta 500 casas prefabricadas para la ejecución de la primera fase de Programa de dotación de viviendas. | ||||
Keywords | Gaceta 889, Decreto Supremo, noviembre/1976 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/18359 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 889, 201409a.lexml | ||||
Creador | Fdo. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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