CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Con carácter de excepción, se autoriza a la Corporación Minera de Bolivia a convocar, calificar, convenir y en general desarrollar los planes de construcción de obras que forman parte del Plan Extraordinario de Desarrollo Social sin la formalidad de la licitación pública.
Artículo 2°.- La Corporación Minera de Bolivia queda facultada para aplicar el procedimiento de concurso de propuestas por invitación directa, sin limitación en cuanto al valor de cada obra.
Artículo 3°.- En el concurso al que se refiere en el Artículo anterior, necesariamente se deberá invitar a no menos a tres firmas o empresas constructoras nacionales de la categoría que corresponda al monto de cada obra.
Artículo 4°.- Los procedimientos de calificación, adjudicación y suscripción de contratos así otras formalidades legales se sujetarán a las condiciones generales del Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones de Obras de la Corporación Minera de Bolivia, aprobado por D. S. de 6 de enero de 1965.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 14102, 8 de noviembre de 1976 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autorízase con carácter de excepción a COMIBOL a convocar, calificar, convenir y en general desarrollar los planes de construcción de obras del Plan Extraordinario de Desarrollo Social. | ||||
Keywords | Gaceta 889, Decreto Supremo, noviembre/1976 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/18358 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 889, 201409a.lexml | ||||
Creador | Fdo. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Guillermo Jiménez Gallo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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