CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Autorízase al Instituto Nacional de Colonización para llamar a Licitación Pública a las Empresas Constructoras de primera y segunda categoría, legalmente establecidas en el país é inscritas en las Cámaras de Construcciones, a presentar propuestas por la construcción de las edificaciones en los Centros Agrícolas de Producción ubicados en las áreas de San Julián y Chané-Piray del Departamento de Santa Cruz, de conformidad con las estipulaciones del convenio de Préstamo Nº AID-511-T-050 entre los Gobiernos de Bolivia y Estados Unidos de América, con cargo a los fondos asignados en dicho convenio.
Artículo 2°.- La invitación a las Empresas Constructoras, así como la adjudicación correspondiente, deberá sujetarse al mencionado Decreto Nº 10120 de fecha 2 de febrero de 1972.
Artículo 3°.- El Instituto Nacional de Colonización deberá preparar las especificaciones técnicas y administrativas a las que se sujetará la invitación.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 14098, 8 de noviembre de 1976 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autorízase al Instituto Ncl. de Colonización llamar a Licitación Pública a las Empresas Constructoras de primera y segunda categoría, a presentar propuestas para la construcción de edificaciones en los Centros Agrícolas de Producción en las áreas de San Julián y Chañé—Piray de Santa Cruz. | ||||
Keywords | Gaceta 889, Decreto Supremo, noviembre/1976 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/18354 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 889, 201409a.lexml | ||||
Creador | Fdo. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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