Bolivia: Decreto Presidencial Nº 929, 5 de julio de 2011

ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que la Constitución Política del Estado, establece dentro de la Estructura y Organización funcional del Estado al Órgano Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional, asimismo determina que la potestad de impartir justicia emana del pueblo boliviano y se sustenta en los principios, de seguridad jurídica, celeridad, gratuidad, pluralidad, interculturalidad entre otros.
  • Que la Ley Nº 003, de 13 de febrero de 2010, de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público, dispone el periodo de transición para la implementación del Órgano Judicial, del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Ministerio Publico.
  • Que de acuerdo al Parágrafo II del Artículo 3 de la citada Ley, el Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, nombrará con carácter interino a las autoridades que actualmente o de manera sobreviniente se encuentren acéfalos, en los cargos de Ministras y Ministros de la Corte Suprema de Justicia, Magistradas y Magistrados del Tribunal Constitucional y Miembros del Consejo de la Judicatura tomando en consideración la conformación plurinacional y la equidad de género.
  • Que el Artículo 6 de la Ley Nº 003, dispone que las competencias y funciones de la Corte Suprema de Justicia, del Tribunal Constitucional, del Consejo de la Judicatura, del Tribunal Agrario Nacional y del Ministerio Público, se regirán por la Constitución Política del Estado y por las leyes respectivas, hasta que entren en vigencia las leyes a las que hace referencia la Disposición Transitoria Segunda de la Constitución Política del Estado.
  • Que en cumplimento a lo dispuesto en la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 003, y con la finalidad de dar continuidad a las actividades del Consejo de la Judicatura, es necesario designar con carácter interino a uno de sus miembros.

DECRETA:

Artículo Único.-

  1. Designar al ciudadano SAID ENRIQUE CORTÉZ ROMERO, como CONSEJERO DE LA JUDICATURA, de manera INTERINA, quién tomará posesión del cargo con las formalidades de rigor.
  2. El Consejero de la Judicatura designado, ejercerá sus funciones hasta la posesión de las nuevas autoridades elegidas.


Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de julio del año dos mil once.
Fdo. ÁLVARO MARCELO GARCIA LINERA, Sacha Sergio Llorentty Soliz, Nilda Copa Condori.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Presidencial Nº 929, 5 de julio de 2011
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDP
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDesigna al ciudadano SAID ENRIQUE CORTÉZ ROMERO, como CONSEJERO DE LA JUDICATURA, de manera INTERINA, quién tomará posesión del cargo con las formalidades de rigor.
KeywordsGaceta 277NEC, 2011-07-06, Decreto Presidencial, julio/2011
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/139332
Referencias201107a.lexml
CreadorFdo. ÁLVARO MARCELO GARCIA LINERA, Sacha Sergio Llorentty Soliz, Nilda Copa Condori.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-L-N3] Bolivia: Ley de Necesidad de transición a los nuevos entes del Órgano Judicial y Ministerio Público, 13 de febrero de 2010
Ley de necesidad de transición a los nuevos entes del órgano judicial y ministerio público.

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